Una de las medidas anunciadas por el Gobierno para aliviar la presión de los créditos hipotecarios sobre las rentas mas bajas ya tiene su tratamiento administrativo y , por tanto, puede solicitarse por los interesados comprendidos en las pautas de renta fijadas. La medida afecta a las rentas inferiores a 33.007,2 euros anuales. La resolución de la Agencia Tributaria fija este tope para la totalidad de las rentas percibidas por el contribuyente con derecho a deducción por inversión en vivienda habitual por financiación ajena. En ningún caso la deducción por este concepto puede dar lugar a un tipo de retención negativo. La resolución prevé que funcione el mecanismo de regularización del tipo de retención cuando se supere de manera sobrevenida el tope de renta señalado o bien cuando se incumpla alguno de los otros requisitos. El contribuyente deberá comunicar al pagador que esta destinando cantidades para la adquisición de vivienda habitual con financiación ajena. Si cambiaran las condiciones del contribuyente para la deducción suplementaria, éste tendrá que comunicarlo al pagador en un plazo máximo de diez días. Esta medida es la primera que se articula desde la Administración en cuanto a las ayudas a los titulares de pólizas de crédito hipotecario. La siguiente en importancia será la de la suspensión de una fracción de las cuotas de las hipotecas a los parados inscritos en el Servicio Público de Empleo Estatal, anunciada por el presidente del Gobierno en noviembre.
Ya se puede solicitar la rebaja de retenciones por pago de la casa.
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