Llegó el momento de presentar el modelo 130: aquí va una guía de ayuda

Es hora de presentar de manera telemática el modelo 130 en la Agencia Tributaria. Se trata de un modelo que tiene que ver con el IRPF de los trabajadores autónomos y empresarios y que se presenta como máximo hasta el día 20 de cada uno de los trimestres estipulados para que estos profesionales registren su actividad en Hacienda.

Lo primero que hay que hacer para presentarlo es acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y en el apartado de trámites buscar el modelo 130.

Para poder acceder, previamente habrá que haberse identificado con firma digital mediante el certificado o DNI electrónico o bien mediante el sistema de identificación Cl@ve PIN. Este último paso es solo para personas físicas.

Identificarse

Una vez se haya hecho, el sistema mostrará las distintas opciones de identificación. Si se dispone de certificado electrónico se accederá a la identificación a través del mismo o a la Cl@ve PIN si no se dispone del certificado.

A continuación, se abrirá el modelo 130 que habrá que cumplimentar con los datos. Habrá que rellenar datos como el NIF, Apellidos, Nombre, Ejercicio y Periodo.

Cuando se hayan rellenado los datos identificativos, habrá que aportar la información correspondiente a cada apartado de la liquidación.

Validar y enviar

Al finalizar el formulario, en la parte inferior del mismo aparecen unos botones entre los que se encuentra el de ‘Validar la declaración’ y firmar y enviar. Una vez se haya completado toda la información de la declaración, habrá que presionar en ‘validar la declaración’ y si no hay errores en el documento, se puede pinchar en ‘firmar y enviar’ a continuación. En caso de que se hayan detectado errores, habrá que hacer clic en ‘ir a aviso’ y subsanar los errores.

Por otro lado, este formulario también permite generar el fichero en formato BOE desde la opción ‘Exportar’, siempre que la declaración se haya validado correctamente y no existan errores o bien se puede importar un fichero que se ha creado en otro programa desde el botón ‘importar declaración’.

Si el resultado es a ingresar y no domicilia el pago deberá obtener primero el NRC , que se conectará con la pasarela de pago, y después presentar la autoliquidación.

Fuente: www.cincodias.com

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