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Los informes de la nueva Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) no serán vinculantes ni éste organismo tendrá potestad sancionadora sobre las Administraciones que no faciliten la información exigible, según se regula en el Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba su Estatuto Orgánico. Se trata de un organismo con independencia y autonomía funcional y cuyo objetivo es la "evaluación continua del ciclo presupuestario, del endeudamiento público y el análisis de las previsiones económicas". La Airef ejercerá sus funciones en todo el territorio español de forma única y exclusiva y con respecto a todos los sujetos integrantes del sector público. Antes del 15 de julio de cada año, la Airef remitirá un informe que valorará el cumplimento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública del ejercicio en curso así como de la regla de gasto de todas las Administraciones, considerando la ejecución presupuestaria y las medidas previstas en el año en curso y el inmediato anterior. Además, valorará los riesgos de incumplimiento de los objetivos de estabilidad y deuda pública globales o de los distintos subsectores, así como de la regla de gasto. Cuando, con ocasión de la publicación trimestral de las operaciones no financieras del conjunto de las Administraciones o de los informes de seguimiento de los planes económico-financieros, se concluya que una Administración se encuentra en una situación que ha supuesto o puede suponer la desviación en el cumplimiento de los objetivos establecidos para la estabilidad presupuestaria o sostenibilidad financiera, publicará un informe sobre la aplicación de los mecanismos de corrección. También lo hará cuando en el desarrollo de cualquiera de los informes se detecte riesgo y en los casos de seguimiento de las que se hubieran adoptado, especialmente por parte de las Administraciones que ejerzan la tutela financiera de las entidades locales. Si el informe señala la existencia de riesgos específicos derivados de la situación de una comunidad autónoma o entidad local, la Airef remitirá el informe a la misma y al Ministerio de Hacienda. Dependencia presupuestaria Como señal de independencia, el Reglamento prohíbe expresamente que el presidente, el personal, o los miembros de la Airef puedan solicitar o aceptar instrucciones de las Administraciones públicas ni de ninguna entidad pública o privada. No obstante, este organismo está adscrito, a efectos organizativos y presupuestarios, a Hacienda, "sin que en ningún caso dicha adscripción debiera afectar a su autonomía e independencia". La Airef estará sometida a control parlamentario. En lo relativo al control jurisdiccional, éste no afectará a los estudios, opiniones o informes emitidos por la Autoridad, pero sí podrán ser objeto de impugnación las resoluciones adoptadas en materia laboral, patrimonial y de contratación. Así, ni su personal ni sus miembros podrán recibir ni aceptar instrucciones de ninguna entidad pública o privada
¿Control del déficit? Los informes de la nueva Autoridad Fiscal no serán vinculantes
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