4.- Ley presupuestos generales del estado para el 2015

Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, recoge medidas tributarias habituales que seguidamente relacionamos.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Con efectos para los periodos impositivos que se inicien en el año 2016, se modifica el límite en la compensación de bases imponibles negativas y activos por impuesto diferido estableciéndose en el 60 por 100 de la base imponible previa a la aplicación de la reserva de capitalización, en lugar del 70 por 100.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Compensación fiscal por la percepción de determinados rendimientos del capital mobiliario con periodo de generación superior a dos años en 2014. Los rendimientos del capital mobiliario procedentes de instrumentos financieros contratados con anterioridad a 20 de enero de 2006 a los que se aplicaba una reducción del 40 por 100 hasta 2006, siguen manteniendo una compensación en el IRPF con el fin de limitar su tributación a la que hubiese sido aplicable conforme a la anterior normativa.

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

Con efectos desde uno de enero de 2016, sobre la cuota íntegra del impuesto se aplicará una bonificación del 100 por 100 a los sujetos pasivos por obligación personal o real de contribuir.

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

Se actualiza la escala por transmisiones y rehabilitaciones de grandezas y títulos nobiliarios.

Para los fondos de capital riesgo se establece la exención de todas las operaciones sujetas a gravamen en la modalidad de operaciones societarias, para equiparar su tratamiento al de los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros.

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Coeficientes de actualización. Para la actualización de los valores, se establecen diferentes coeficientes en función del año de entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de un procedimiento de valoración colectiva.

Inmuebles situados en Lorca. Se concede una bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente al ejercicio 2015 para los inmuebles que resultaron dañados como consecuencia de los movimientos sísmicos.

IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

Se mantiene la bonificación del 50 por 100 de la cuota correspondiente al ejercicio 2015 para las transmisiones de los bienes inmuebles situados en Lorca, que hayan sufrido daños como consecuencia de los movimientos sísmicos.

TASAS

Las tasas estatales se actualizarán, con carácter general, al uno por 100 los tipos de cuantía fija, salvo las tasas creadas o actualizadas durante 2014.

OTRAS DISPOSICIONES CON INCIDENCIA TRIBUTARIA

Interés legal del dinero y de demora. Se mantiene para 2014 el tipo de interés legal del dinero en el 3,50 por 100 y el de demora en el 4,375 por 100.

Indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). El IPREM, que sirve de referencia para diversos impuestos, se mantiene para el año 2015 en 7.455,14 euros anuales o en 6.390,13 euros si se excluyen las pagas extraordinarias.

ACTIVIDADES PRIORITARIAS DE MECENAZGO Y BENEFICIOS FISCALES APLICABLES A DETERMINADOS EVENTOS

Se relacionan las actividades prioritarias de mecenazgo durante 2015 y los eventos a los que serán aplicables los beneficios fiscales correspondientes en el Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

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