3.- Devolución de cuotas de autónomo por razón de pluriactividad

El artículo 9.5 del Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, comentado en nuestro boletín del mes pasado, ha actualizado para este año los importes de las cotizaciones para tener derecho al reintegro de cuotas del Régimen de Autónomos por razón de pluriactividad.

De tal modo que las personas trabajadoras autónomas que, en razón de un trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen en régimen de pluriactividad, y lo hagan durante el año 2026, teniendo en cuenta tanto las cotizaciones efectuadas en este régimen especial como las aportaciones empresariales y las correspondientes a la persona trabajadora en el régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad por cuenta ajena, tendrán derecho al reintegro del 50% del exceso en que sus cotizaciones por contingencias comunes superen la cuantía de 17.323,68 euros con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en este régimen especial en razón de su cotización por las contingencias comunes.

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