.- Posible inconstitucionalidad de la normativa que regula las operaciones vinculadas.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite una cuestión de inconstitucionalidad (BOE de 1 de febrero) en relación con la legislación relativa a la documentación y el régimen sancionador de las operaciones vinculadas.

El planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad del recurso presentado ante el Tribunal Supremo por parte del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulados Mercantiles de España señalaba dieciocho motivos de ilegalidad de la regulación reglamentaria de las operaciones vinculadas y se apuntaba también que la regulación legal (artículo 16 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades) podía ser contraria a la Constitución en diversos aspectos.

Con la admisión a trámite del recurso, se abre un proceso constitucional que puede durar varios años y que, tal y como lo indica el Tribunal Constitucional en su acuerdo de 17 de enero, implica que se suspende la resolución del recurso, que contra los preceptos reglamentarios del régimen de operaciones vinculadas se sigue ante el Tribunal Supremo, hasta que no se dicte la sentencia constitucional. Esto supone que durante años la regulación legal y reglamentaria de un régimen tributario tan importante en los últimos tiempos como es el de las operaciones vinculadas se encontrará bajo la sospecha de ser, a la vez, ilegal e inconstitucional. Esta situación hace aconsejable una aplicación prudente, por la Administración tributaria, de la normativa impugnada.

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