2.- Próximas reformas en el ámbito laboral

Tras la formación del nuevo Gobierno, se prevé que el mismo siga adoptando medidas en el ámbito laboral de gran trascendencia. Recientemente, la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, anunció que sus primeras medidas en esta legislatura serían la reforma de la protección asistencial por desempleo y, la subida para el año 2024 del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Otra de las medidas más renombradas es la reducción de la jornada laboral sin reducción salarial para establecerla en 37,5 horas semanales. Su aplicación se producirá de forma progresiva reduciéndose hasta las 38,5 horas en 2024 y culminándose en 2025. A partir de entonces se constituirá una mesa con los interlocutores sociales que evalúe los resultados de la reducción y siga avanzando en la disminución de la jornada legal teniendo en cuenta las características de los distintos sectores de actividad, la evolución de la productividad y las circunstancias económicas.

Lo que se pretende es modificar la jornada laboral máxima legal, esto es, el límite de 40 horas semanales que aparece en el artículo 34.1 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores. La intervención afecta exclusivamente a esta magnitud, que actúa como límite máximo a la cantidad de trabajo que puede acordarse en un contrato de trabajo. Sólo alcanza, en principio, a aquellas relaciones de trabajo en las que la jornada acordada, individual o por aplicación del convenio colectivo correspondiente, supera esta cifra.

No parece que vaya a cambiarse, por el contrario, la posibilidad de que este límite se aplique en promedio o cómputo anual, permitiendo así a las empresas poder distribuir el impacto de la reducción a lo largo de un período determinado del año.

Continuando en la línea de mejora de los derechos de conciliación de la vida laboral y familiar que introduce la Ley de Familias aprobada el pasado junio, también se han prometido las siguientes reformas:

  • Ampliación de los permisos de nacimiento de 16 a 20 semanas.
  • Reconocimiento de este permiso para familias monomarentales con una duración de 32 semanas.
  • Ampliación a 12 semanas del permiso parental (hasta ahora de 8 semanas) y su disfrute hasta que el menor cumpla los 12 años.
  • También se han anunciado nuevos permisos retribuidos para el cuidado de familiares sin que se hayan especificado sus condiciones.

En cuanto a la forma de prestación de servicios, se ha anunciado la intención de publicar una Ley de usos del tiempo que incluya el derecho a la adaptación de los horarios de trabajo, siempre bajo el prisma de la conciliación de la vida personal y laboral. Asimismo, se ha comunicado que se trabajará en un Plan Nacional de Trabajo Flexible que, aunque el teletrabajo ya consta como posibilidad regulada en el Estatuto de los Trabajadores, avanzará en la regulación de las formas híbridas de trabajo, presencial y remoto.

Entre la miscelánea de reformas anunciadas, también destacan la implantación de un sistema obligatorio de volcado de datos salariales por parte de las empresas en un algoritmo que detecte brecha salarial, o el currículum vitae ciego en el que no podrán constar imágenes personales ni datos de edad o sexo, todo ello con el fin de disminuir los sesgos de género.

Por último, también se contempla la implantación de un despido reparativo o restaurativo que supondrá que la indemnización sea de diferente cuantía según el impacto que el despido tenga en cada persona trabajadora.

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