Penuh Peluang Emas di Civictoto

Ledakan Gula di CIVICTOTO

Pola Menang Mahjong Wins 3

Starlight Princess x1000 di Civictoto

Starlight Princess x1000 Civictoto

x1000 dari Olympus

Civictoto dan Mahjong Ways 2

CIVICTOTO Membawa Olympus

Keberuntungan Dari Civictoto

Dewa Olympus x1000

Hoki yang Siap Menyergap

Sweet Bonanza Xmas di Civictoto

Menang Tiap Hari di Civictoto

Gates of Olympus Civictoto

Main Starlight Princess di CIVICTOTO

Putaran Spin Tak Terduga

Kemenangan Beruntun di Mahjong Ways 2

x1000 Turun Tanpa Ampun di Civictoto

Simbol Ajaib Starlight Princess

Dahsyat di Gerbang Olympus

Mahjong Ways 2 di CIVICTOTO

Mahjong Ways 2 di CIVICTOTO

Strategi Juara Mahjong

Rahasia Para Pemain Profesional

Main Mahjong di CIVICTOTO

Rahasia Menangkan Hadiah Besar

Banjir Wild Pecah Satu Layar

Cuan Besar Mahjong Ways 3

Gebrakan Mahjong Ways 2

Baccarat Banjir Jackpot

Data SDY

Data SGP

4.- Impuesto sobre Sociedades. No deducibilidad de cuotas por defecto de retenciones a cuenta en el IRPF de trabajadores.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) en su resolución de 2 de abril de 2014 no admite como deducibles en el Impuesto sobre Sociedades las cuotas derivadas de actas por retenciones a cuenta del IRPF por rendimientos del trabajo, deducidas en el ejercicio en que la liquidación fue firme.

La Resolución del TEAC que comentamos se basa en los siguientes argumentos:

  1. El Tribunal entiende que con la firmeza de la liquidación de las actas por retenciones, surge para la sociedad un crédito frente a los trabajadores, consecuencia de que éstos percibieron un importe neto superior a aquél al que tenían derecho. Por tanto, el hecho de que la entidad decida no repercutir la cuota a los trabajadores, asumiendo el gasto correspondiente, deviene en una liberalidad no deducible.
  2. La Inspección, al calcular las retenciones debidas, no elevó al bruto la retribución, por lo que el gasto de personal del ejercicio en que tales gastos se devengaron estaba ya recogido en la contabilidad de dicho ejercicio, no pudiendo incrementarse por el hecho de que la compañía no practicara en su momento las retenciones. Por tanto, la cuota no será deducible incluso aunque la compañía intente el cobro de la cuota a los empleados pero no logre por estar prescrito el derecho a cobrarlo.
© Copyright 2024 | Aviso Legal | Política de cookies | Política de privacidad de redes sociales | Política de privacidad
Contáctanos