Con efectos del 01-01-2025 se empezará a cotizar por los salarios que superen la base máxima de cotización por la llamada “cuota de solidaridad”

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  1. Protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar
  2. Tarjeta sanitaria virtual
  3. Cotización adicional de solidaridad en las retribuciones que superen la base máxima de cotización
  4. Acuerdo de reforma de las pensiones
  5. Tramitación automática de actuaciones de la T.G.S.S
  6. Convenios colectivos
Aviso importante

Las informaciones sobre materia tributaria contenidas en la presente circular se refieren a la normativa aplicable en Territorio Común, que puede y suele diferir, a veces notablemente, de la normativa aplicable en los Territorios Históricos de Alava, Guipúzcoa y Vizcaya y en la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, si Ud. esta sujeto a obligaciones fiscales con distintas Administraciones, o simplemente está interesado en conocer las diversas normativas, diríjase directamente a SBAL IMPUESTOS, S.A. donde le atenderemos gustosamente.

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