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3.- Cotización de los autónomos en bases a sus ingresos reales

El Gobierno ya ha decidido que el nuevo sistema de cotización por ingresos reales para los trabajadores autónomos sea aplicable durante la primera mitad del próximo año.

El Ejecutivo ya ha elaborado la reforma del régimen de cotización de este colectivo que implantará la cotización por ingresos reales a través de trece tramos a elegir en función de la previsión de ingresos de cada autónomo, que podrá modificar cada trimestre.

En la última propuesta que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha trasladado a las asociaciones de trabajadores autónomos y a los agentes sociales, se incluye un sistema compuesto por 13 bases de cotización en base a los rendimientos netos, una vez descontados de los impuestos y los gastos soportados, sobre las que podrán elegir los trabajadores autónomos, de tal manera que:

  • En un primer tramo, aquellos trabajadores autónomos con un rendimiento neto anual inferior al 50% del SMI, tendrían que asumir una cuota mensual equivalente al 30% de la cuota mínima actual, aproximadamente, unos 90 euros mensuales.
  • En un segundo tramo, se encuadrarían los trabajadores autónomos con un rendimiento neto anual entre el 50% y el 100% del SMI, que deberían cotizar por una cantidad equivalente al 60% de la cuota mínima actual, unos 170 euros mensuales.
  • El siguiente tramo, con rendimiento neto superior al SMI pero inferior a los 25.000 euros anuales, se fijaría la cuota mensual en función de la base mínima de cotización actual.
  • A partir de estas cantidades, se fijarían tramos de 5.000 euros que irían incrementando la cuota mensual de cotización de los trabajadores autónomos.

En cualquier caso, todavía existen importantes puntos de desencuentro entre las asociaciones de trabajadores de autónomos y el Gobierno y se prevén unas largas y complejas negociaciones, antes de poder llegar a un acuerdo.

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