5.- Modificaciones en el Reglamento del IVA y en el Reglamento de Aplicación de los Tributos.
El Real Decreto 410/2014 (BOE núm. 138 de 7 de junio) modifica el Reglamento del IVA y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, conocido como Reglamento de Aplicación de los Tributos.
Respecto al Reglamento del IVA, se introducen determinadas modificaciones en el régimen jurídico de la declaración-resumen anual (modelo 390), exonerando de la obligación de presentar la citada declaración a determinados sujetos pasivos, teniendo en cuenta la información que ya vienen obligados a suministrar en sus autoliquidaciones del impuesto. Afecta, fundamentalmente a arrendadores personas físicas que desde el mes de enero están obligados a la presentación telemática y a contribuyentes en régimen simplificado de del IVA.
Por otra parte, la nueva norma introduce mejoras en el sistema de notificaciones electrónicas y permite realizar notificaciones en la sede electrónica de la Administración Tributaria competente mediante el acceso voluntario del interesado. También permitirá que obligados tributarios con el denominado PIN24 puedan acceder de forma voluntaria a la sede electrónica de la Agencia Tributaria para conocer el contenido de las notificaciones de carácter tributario que pudieran tener pendientes, con los mismos efectos que cualquier otra notificación de carácter tributario.
Se establece la obligación de las instituciones financiera de suministrar información sobre cuentas financieras y de identificar la residencia o en su caso nacionalidad de las personas que ostenten la titularidad o el control de las mismas.
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