El Gobierno lanza nuevas reformas para salvar empresas en concursos

El Gobierno extenderá las ayudas a las refinanciaciones al concurso. Así lo apuntó ayer el ministro de Economía, Luis de Guindos: "Estamos considerando la posibilidad de extender las finalidades de la reestructuración al momento concursal", dijo en un acto organizado por la CNMV. Fuentes conocedoras del proyecto explican que el Ejecutivo ha decidido dar un espaldarazo a las empresas en concurso, ya que no tiene sentido apoyar las refinanciaciones de compañías endeudadas y dejar de lado a aquéllas inmersas en un proceso concursal. De este modo, las empresas que ya se encuentran en concurso de acreedores podrán beneficiarse de nuevas alternativas de financiación, que entraron en vigor el pasado 9 de marzo en el Real Decreto-ley de Medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial. El Decreto lo aprobó el Consejo de Ministros del 7 de marzo y fue convalidado con unanimidad en el Congreso, momento en el que el Gobierno decidió tramitarlo como proyecto de ley para introducir mejoras. Pero estas reformas no se atendrán ahora sólo a las refinanciaciones sino que afectarán a los concursos en tres puntos fundamentales que afectan a los convenios (artículos 99 y siguientes de la Ley Concursal). Según trasladan las mismas fuentes, como ha establecido el Decreto para las refinanciaciones, ahora serán válidos para el concurso los acuerdos del 51% de los acreedores. Asimismo, será sólo necesario un aval del 60% de los acreedores ordinarios y del 65% de los reales para esperas de menos de cinco años, y del 75% de los ordinarios y del 80% de los reales para esperas de entre cinco y 10 años, quitas sin límites, capitalizaciones y cesiones de bienes en pago. Esta medida la han defendido empresas en concurso como Martinsa Fadesa. Además, una de las medidas más polémicas del Decreto se trasladará al concurso: el deudor que vete un acuerdo de conversión de deuda en capital será sancionado e incurrirá en responsabilidad si el concurso acaba en liquidación siempre que no tenga capital, lo que se denomina en derecho anglosajón out of the money. El Decreto ya estableció la medida sin este requisito, pero exigió que un experto independiente la avalara. Las fuentes antes citadas explican que es una posibilidad muy adecuada para un concurso, que tiene un control judicial mucho mayor que una refinanciación. A su vez, Economía extenderá al concurso la consideración del valor razonable de los bienes garantizados para que no haya abusos de los acreedores privilegiados, medida que ya establece el Decreto para ajustar el valor del crédito garantizado al real del bien. El plazo de presentación de enmiendas en el Congreso al proyecto de ley acaba este sábado, pero todo indica que se ampliará. Según ha podido saber este periódico, se ha aconsejado a Economía que esta reforma ya puramente concursal se tramite en otro Real Decreto-ley pero el Ministerio se muestra partidario de incluirla en el proyecto que ahora tramita la Cámara Baja para agilizar su entrada en vigor en otoño. Desde Economía responden que "se está estudiando cómo realizar esta reforma". En el entorno del legislador no se descarta del todo incluir a Hacienda y a la Seguridad Social entre los acreedores incluidos en estos acuerdos pero la oposición de sendos Ministerios hace improbable el cambio. Las dificultades que atraviesan las empresas para refinanciarse, escollos que plantea un marco jurídico que no previó la magnitud ni la duración de la crisis, ponen en peligro la continuidad de miles de compañías viables, según ha trasladado Economía como trasfondo del Real Decreto-ley, que pretende reducir el endeudamiento corporativo del 130% del PIB en un 10%, lo que eliminaría 130.000 millones en deudas de los balances. Pero la asignatura pendiente del Derecho Concursal español es que el concurso no sea sinónimo de liquidación, como lo es en el 95% de los casos, concepto que atacará la nueva reforma.

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