Se amplía la moratoria concursal para posponer un aluvión de insolvencias

La batalla contra la pandemia se ha convertido en gran medida en una carrera para ganar tiempo. Tiempo para recibir y distribuir una vacuna eficaz que despeje el horizonte económico. Y tiempo para evitar, o al menos posponer, que la falta de ingresos y liquidez de muchas empresas desemboque en una catarata de insolvencias. En espera de ese remedio milagroso, el Gobierno aprobó ayer un nuevo paquete de medidas urgentes “de apoyo a la liquidez y la solvencia de autónomos y empresas”. Sus piedras angulares son la ampliación de los plazos de carencia y amortización de los créditos ICO (ver información adjunta) y la extensión de la moratoria concursal, que expira el próximo 31 de diciembre, hasta el 14 de marzo. Esto es, se amplía en dos meses y medio la medida por la que permanece en hibernación el deber de solicitar el concurso de acreedores aun en situación de insolvencia, así como la obligación del juez de admitir a trámite las solicitudes de concurso instadas por los acreedores.

Una medida que, en palabras de la vicepresidenta económica, Nadia Calviño, pretende “apoyar a empresas solventes, permitiéndoles la reestructuración de su deuda y el refuerzo de su liquidez y solvencia”. Esto es, busca evitar una cascada de “procesos de liquidación derivados de la caída transitoria de los ingresos por la situación excepcional generada por la pandemia”, según Economía. Así se recoge en el Real Decreto-ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros, en el que también se amplía, hasta el 31 de enero, la obligación del juez de no admitir a trámite las solicitudes por incumplimientos de convenios de acreedores o de acuerdos de refinanciación. En el caso de las solicitudes que se hubieran comenzado a tramitar ya desde el 31 de octubre, fecha en la que venció el plazo anterior, el juez deberá suspender su tramitación.

Los juristas discrepan del hecho de que Economía prácticamente equipare concurso y liquidación. “No se puede considerar acertada la afirmación relativa a carácter liquidatorio del procedimiento concursal”, afirma Alejandro Rey, socio de Concursal del despacho Ayuela Jiménez en declaraciones a EXPANSIÓN. “Es cierto –añade– que más de un 90% de los procedimientos concursales acaban en liquidación, pero se debe en gran medida al mal nombre que lastra el concurso. Este estigma hace que gran parte de los empresarios acuda al procedimiento tarde y, por tanto, en un momento en el que la viabilidad ya no es posible”.

En este sentido, Calviño anunció que abordará una revisión del régimen concursal a medio plazo, en lo que aseguró que se viene trabajando desde hace tiempo. El Gobierno se negaría de momento a quitar privilegios al crédito público de Hacienda y Seguridad Social, como ha reclamado el FMI, pero sí que busca fórmulas para facilitar la venta de la unidad productiva, en línea con lo que piden las empresas y han favorecido algunas sentencias.

Y es que la reforma del marco concursal español es una reclamación que trasciende de nuestras fronteras. El FMI instó recientemente al Gobierno a introducir cambios en la legislación cuanto antes porque “los mecanismos de insolvencia [en España] se consideran lentos y generalmente conducen a la liquidación en lugar de a la reestructuración”. Un diagnóstico en el que, en esencia, coincide el Banco de España, cuyo gobernador, Pablo Hernández de Cos, urgió el lunes al Gobierno a realizar un análisis “riguroso y rápido” del mecanismo concursal que permita reestructurar la deuda de las empresas viables, incluyendo la posibilidad de quitas, y prevenir que un problema de liquidez derive en insolvencia. Y si bien admite que si se eliminasen por completo las moratorias muchas empresas entrarían en dificultades al día siguiente, la institución advierte de que si esa medida se prolonga en el tiempo alumbrará empresas zombies que perjudicarán al tejido empresarial sano.

Fuente: EXPANSION

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