Renta 2019 |Comienza la Campaña de declaraciones y las devoluciones llegarán a partir del 3 de abril

La Agencia Tributaria abre el 1 de abril el plazo para confirmar o modificar y presentar por Internet la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 (IRPF 2019) y las devoluciones se iniciarán a partir del 3 de abril.

La Agencia Tributaria justifica el mantenimiento de las fechas de la Campaña a pesar de las medidas de confinamiento de Covid-19 en que más del 80% de los contribuyentes hacen la declaración por Internet y, además, en que no va a suponer un perjuicio para los contribuyentes con declaraciones a ingresar (cerca de 5,5 millones, un 3,1% más, por importe de 12.798 millones), que al igual que todos los años no realizarán los primeros pagos hasta el final de la campaña.

El plazo de presentación finaliza el 30 de junio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien el plazo en las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria concluirá el 25 de junio.

La campaña de este año cuenta con nuevas mejoras en la aplicación móvil de la Agencia para seguir reforzando su accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario. También en esta campaña se simplifica el sistema de identificación, de manera que se guiará al contribuyente, según sus preferencias y necesidades, resultando más cómodo el acceso a los servicios de la campaña.

Estas mejoras, junto con la ya tradicional utilización de la página web de la AEAT (www.agenciatributaria.es), contribuyen a agilizar por vía telemática la presentación de la declaración y, por tanto, también las devoluciones.

Los más madrugadores

De nuevo en esta campaña los contribuyentes han contado con carácter anticipado, desde el pasado 23 de marzo, con los principales servicios de asistencia, caso de la descarga y visualización de los datos fiscales.

Gracias a esa anticipación, más de 610.000 contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales y más de 811.000 han obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración, de manera que han tenido la oportunidad de prepararse con tiempo para poder, si lo desean, presentar la declaración desde el primer día a través de 'Renta WEB', la herramienta universal para la gestión de todas las declaraciones con independencia del canal de confección y presentación (vías telemáticas y, a partir del 13 de mayo cuando comienza la atención presencial, también oficinas).

Sistema guiado de identificación

La Campaña de Renta que ahora arranca cuenta con un nuevo sistema de identificación asistida. Frente al anterior selector de identificación, en el cual el contribuyente tenía que elegir entre las distintas opciones, el nuevo sistema va guiando al contribuyente con preguntas sencillas en función de sus preferencias.

También en el momento de acceso a los distintos servicios de la Campaña de Renta, se va a solicitar a los contribuyentes la ratificación (o modificación) de su domicilio fiscal actual, evitando dudas que surgían en ocasiones a los contribuyentes al tener que incluir el domicilio ya dentro de la declaración, cuando el resto de la información a incorporar hacía, lógicamente, referencia a la situación en el año de devengo del impuesto, el anterior al de la presentación.

En los casos en que resulte necesaria una modificación, el sistema permitirá un acceso directo a las características del inmueble en la página web del Catastro, frente al acceso genérico a la página que existía hasta ahora.

Atención telefónica

En relación con la atención telefónica, el plan 'Le Llamamos' seguirá siendo una alternativa telemática a la asistencia presencial para los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que cuenten con el perfil de asistencia telefónica definido por la Agencia.

Para ofrecer el mejor servicio posible, dada la situación de emergencia sanitaria actual, excepcionalmente este año se retrasará su puesta en funcionamiento, de manera que las primeras declaraciones por vía telefónica se realizarán a partir del 7 de mayo. El cauce de petición previa, por internet y teléfono, se abrirá dos días antes, el 5 de mayo, y se mantendrá el resto de la campaña.

Precisamente las circunstancias actuales han llevado a la decisión de no mantener este año la posibilidad de que el contribuyente solicite un día y franja horaria concreta para recibir la llamada de la Agencia, sino que solicitará ser atendido telefónicamente para la confección de su declaración, y la AEAT le llamará en cuanto sea posible, reintentando la llamada en sucesivas ocasiones o días siguientes, si el contribuyente no está disponible.

En este sentido, y en favor de la propia agilidad del servicio, la Aeat ha considerado muy conveniente que desde el momento en que solicita ser atendido mediante el 'Le Llamamos', el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración en el momento en que le llame la Agencia.

Domicilios y gastos

La presente campaña, por otra parte, contará con algunas mejoras en la usabilidad de RENTA WEB, como el establecimiento de un sistema de captura de datos de inmuebles más fácil e intuitivo, de manera que sólo se mostrarán las casillas específicas de cada caso, en función del uso que en cada momento se haya dado a cada inmueble.

Además, para el caso de arrendadores, se solicita un mayor desglose de gastos y se les ofrece la posibilidad de identificar voluntariamente el NIF del proveedor de cada bien o servicio que ha generado el gasto, lo que permite agilizar, en su caso, la tramitación de la devolución.

Además, la inclusión detallada de una serie de datos permitirá que el propio sistema calcule el gasto deducible en concepto de amortización al que tiene derecho el contribuyente por los inmuebles alquilados, lo que permitirá también determinarlo automáticamente en los próximos años.

Por otra parte, la herramienta 'cartera de valores' permite, como ya sucedía el pasado año, visualizar directamente en 'RENTA WEB' la composición de la cartera a 1 de enero del año de devengo del impuesto (para esta campaña, 2019) y las operaciones del ejercicio, y también volcar todas las rentas generadas por la venta de acciones cotizadas, facilitando la declaración de las plusvalías y minusvalías.

A su vez, los datos que sí tendrá que seguir incorporando el contribuyente, concretamente los precios históricos de adquisición de sus acciones, permitirán en próximos años que esa información quede ya grabada y el cálculo de las plusvalías y minusvalías sea a futuro prácticamente automático.

Fuente: www.eleconomista.es

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