Los cambios legislativos de urgencia no dejan de llegar ante el temor a la gravedad de la crisis. Tan acelerados como desordenados. Y entre ellos, el Gobierno acaba de pactar con CiU uno de los más reclamados regalos de Navidad de las grandes empresas. Se trata de la eliminación del pago de impuestos por buena parte de los beneficios conseguidos en 2008 por las filiales en el exterior de las mayores compañías nacionales. La reforma resuelve, así, un más que difícil y amargo trago para las empresas. El cambio de la norma contable asumido este año por las empresas ha supuesto la eliminación de la posibilidad de dotar provisiones por las filiales controladas en el exterior. Estas provisiones eran deducibles, con lo que, al desaparecer la provisión desaparece el incentivo fiscal. Pero se generaba un problema adicional. En el año 2008 las provisiones siguieron dotándose. Provisiones que, en la mayoría de los casos, no se han utilizado porque el ejercicio se ha saldado, o se terminará de saldar, con beneficios. Y la norma fiscal exige que al deshacer la provisión se haga figurar su importe como un ingreso, es decir, que habría que pagar Impuesto de Sociedades (con un tipo fiscal del 30%) por todo este dinero. Y habría que hacerlo ahora, en medio del agravamiento de los problemas de liquidez de las compañías. Pacto La respuesta ha llegado a través de un pacto entre el PSOE y CiU. Y así, "con efectos exclusivos para el primer periodo impositivo que se inicie a partir del l de enero de 2008", se podrá deducir [..] "sin necesidad de imputación contable en la cuenta de pérdidas y ganancias, la diferencia positiva" procedente de esas provisiones no utilizadas "siempre que la parte de esa diferencia imputable a periodos impositivos iniciados antes de dicha fecha se corresponda con provisiones fiscalmente deducibles en dichos periodos y que se abonen a cuentas de reservas con ocasión de la primera aplicación del Plan General de Contabilidad" aprobado en 2007 o del "Plan General de Contabilidad de Pymes y los criterios contables específicos para microempresas", también de 2007. Alivio fiscal Los expertos consultados por EXPANSION no han tardado en reaccionar a la noticia. Y estiman que el alivio fiscal se acercará a los 2.000 millones de euros, "una cantidad más que considerable en medio de la complicada situación que se esta generando", aclaran. Se trata de la segunda fuente de ayuda al colectivo de empresas con fuerte presencia en el exterior que pacten los grupos socialistas y CiU. El anterior (ver EXPANSION del pasado miércoles) supondrá que las empresas podrán deducirse en España gran parte de las pérdidas de sus filiales en el exterior cosechadas a partir del 1 de enero de 2009. La ayuda se traducirá en un mecanismo de incentivo fiscal que beneficiara más a quien mayor exposición de riesgo haya asumido en el extranjero, un perfil que corresponde mucho más al de las mayores compañías españolas que a las de tipo medio. La pérdida de valor, de hecho, será deducible "en proporción a la participación". El cambio permitirá modificar el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, de forma que el actual artículo 12.3 permita que sean deducibles las pérdidas por depreciación de las entidades, siempre que no contáis en un mercado regulado. La deducción además no exigirá su reflejo contable en la cuenta de pérdidas y ganancias, puesto que la nueva normativa en materia de contabilidad impide la aparición de este tipo de conceptos como provisión por depreciación de cartera.
Regalo fiscal de fin de año para las empresas con filiales en el exterior.
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