Los inspectores de Hacienda han solicitado un cambio en el articulado del Reglamento de la Ley General Tributaria, tras haber detectado que las filiales españolas de los grupos internacionales han encontrado un resquicio normativo que permite que no tributen en España por el Impuesto sobre Sociedades. Se trata de una estrategia de ingeniería fiscal, mediante la cual estas sociedades filiales en España se endeudan con otras empresas del grupo que gozan de una tributación nula sobre los ingresos financieros. De esta forma, las filiales endeudadas dejan de tributar en España por miles de millones de euros todos los años, según ha denunciado Francisco de la Torre Díaz, secretario de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado, en su intervenci6n en el XVIII Congreso de esta asociación, que se celebra en Valencia. En caso de no recurrir, el articulado de la Ley General Tributaria impide que estas empresas puedan ser sancionadas por estos comportamientos. Difícil solución Sin embargo, la solución planteada no tiene una soluci6n legislativa sencilla, puesto que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, por su parte, considera que no se puede imponer ningún tipo de límite al movimiento de capitales entre grupos. Otro ejemplo de sociedades que no tributan en España gracias a este vacío legal es el caso de empresas como Microsoft, que vende sus productos y realizan todas sus ventas para Europa directamente desde Irlanda, que es un país con un tipo en Sociedades del 12,5 por ciento y con estas operaciones logran, además, no tributar en ningún otro Estado. La Inspección ha comenzado a utilizar contra este tipo de actuaciones el artículo 15 de la Ley General Tributaria, conocido popularmente como cláusula antiabuso, pero sin unos resultados claros, puesto que los recursos a los tribunales son muy numerosos y hasta que se fallen las sentencias correspondientes las empresas siguen operando de la misma manera. La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado considera "imprescindible" que haya un sistema sancionador que sea capaz de disuadir a los posibles incumplidores tributarios de la repetición de las conductas de defraudación. Sucursales en paraísos Finalmente, ha abogado por que se prohíba a las entidades bancarias tener sucursales en los paraísos fiscales, el establecimiento de un tributo en las transacciones financieras con origen o destino en un paraíso fiscal y la negación de la personalidad jurídica de las sociedades constituidas o domiciliadas en esos paraísos.
Piden limitar las deudas entre empresas de un mismo grupo.
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