Los expertos critican el excesivo control en las ventas intragrupo.

La carga demasiado onerosa en la documentación para las empresas que introduce el nuevo reglamento sobre la valoración de las ventas intragrupo -también denominadas operaciones vinculadas, es la principal critica que hacen los expertos consultados después de que ayer el Boletín Oficial del Estado publicara el Real Decreto 1.793 / 2008 que desarrolla una de las áreas más sensibles para controlar el fraude fiscal. Este periódico adelantó en exclusiva el texto de la norma -ver EXPANSIÓN del 7 y 14 de noviembre- y, ahora, abogados especialistas en la materia analizan las principales repercusiones de su contenido. Los expertos advierten de la gran carga que supone para las empresas las exigencias de documentación para acreditar que las operaciones vinculadas se realizan a valor de mercado. La crítica se centra en que tales obligaciones son generalizadas para todo tipo de compañías, si bien es cierto que las pymes han salido más beneficiadas, ya que para ellas se atenúan. Como explica Eduardo Gracia, socio de Fiscal de Ashurst, " las obligaciones de documentación siguen siendo demasiado onerosas para el resto de las empresas (las que no son pymes) porque el perímetro de vinculación de la Ley del Impuesto sobre Sociedades es muy amplio y el real decreto no distingue entre las diferentes clases de transacciones que pueden celebrarse con otras empresas del grupo en el trafico ordinario y las operaciones con socios o con administradores". En este sentido, precisa que "a todas se las pone en un plano de igualdad, a pesar de que lo que realmente preocupa a las directrices de la OCDE son las primeras". Gracia confía en que "la práctica administrativa y la jurisprudencia atemperen lo anterior acudiendo al propio decreto, cuando establece que `la documentación deberá elaborarse teniendo en cuenta la complejidad y el volumen de las operaciones" Para Emilio Palomo, abogado de Baker & McKenzie, estas exigencias de documentación se ven agravadas por lo que establece el artículo 18.4 del decreto, "que abre la puerta para que haya que presentar mas declaraciones durante el año". Según explica, "crea burocracia y se generara mucha información para Hacienda de cómo esta el mercado". Por otro lado, Gracia " celebra que respecto al borrador publicado hace más de un año se hayan aligerado notablemente las obligación de documentación de las pymes y personas físicas" Por otro lado, tal y como adelantó EXPANSIÓN, el real decreto recoge en el articulo 29 acties la facultad de Hacienda de controlar los acuerdos previos internacionales, cuando las empresas consultan previamente a los países donde están las filiales implicadas.

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