Las claves del decreto de teletrabajo que el Gobierno aprueba hoy

Las empresas deberán cubrir los costes del teletrabajo ya durante la pandemia, pero no tendrán que modificar contratos ni acuerdos hasta que la crisis del Covid-19 haya pasado. Así lo establece el último borrador de teletrabajo, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, que el Gobierno quiere aprobar hoy en el Consejo de Ministros. El texto se acordó ayer entre Trabajo, patronal y sindicatos en una reunión que duró todo el día, y en la que se cerró un pacto a última hora de la tarde.

La norma será un real decreto ley, que se remitirá a las Cortes para su tramitación y posible convalidación como proyecto de ley, pero que se publicará en el BOE previsiblemente el miércoles y entrará en vigor 20 días después. En este contexto, ayer finalizó la prórroga de la disposición que ordena la preferencia del teletrabajo por dos meses desde que acabó el estado de alarma, con lo que las empresas que pueden teletrabajar no estarán obligadas a fomentar esta práctica. Desde el Gobierno trasladan que no se va a extender más esta obligación y subrayan la urgencia de regular el teletrabajo.

UMBRAL

“Se entenderá que el trabajo a distancia es regular cuando en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada, o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato, sea prestado en esta modalidad”, dice el nuevo borrador. Era ésta una petición de las empresas, que pedían subir del 20%, que supone un día de teletrabajo a la semana, a día y medio, el 30%. Será voluntario y reversible.

APLICACIÓN

Tras establecer en la aplicación de la norma que las empresas deberían revisar contratos y asumir costes en su entraría en vigor durante la pandemia, la patronal ha arrancado al Gobierno que no habrá que cambiar contratos durante la pandemia, pero sí asumir los costes a los tres meses de la entrada en vigor, en un momento en el que buena parte de las plantillas de las empresas que pueden teletrabajar siguen haciéndolo en unos porcentajes que superan el día y medio de trabajo en remoto para computar como teletrabajo que fija el último borrador. Los contratos se modificarán cuando acabe la pandemia.

COSTES

El borrador mantiene una importante mejora para las empresas. La empresa ya no tendrá que pagar al empleado “todos los gastos directos e indirectos” del teletrabajo como se llegó a prever, sino los de “dotación y mantenimiento de medios, equipos, y herramientas necesarios para el desarrollo de la actividad, de conformidad, con el inventario incorporado”.

De esta forma, con los plazos que se están contemplando, en Navidad, las empresas deberán estar costeando gastos de ordenador, portátil, tableta, móvil, silla ergonómica, mesa, reposapiés, línea de teléfono, rúter, datos, luz, etc. Los trabajadores deberán cumplir las condiciones e instrucciones de uso y conservación establecidas en la empresa en relación con los equipos.

VIGILANCIA

Otra de las novedades favorables a la empresa que ya incluía el último borrador y que seguirá es la que le da más control y libertad a la hora de vigilar el cumplimiento del empleado que teletrabaja. Podrá adoptar “las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento de las obligaciones y deberes laborales”. Y deberá hacerlo “guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a la dignidad” del trabajador.

DESCONEXIÓN

El borrador establece que las personas que trabajan a distancia, particulamente en teletrabajo, tienen derecho a la desconexión digital, que conlleva una limitación del uso de los medios tecnológicos de comunicación empresarial y de trabajo durante los periodos de descanso, así como el respeto a la duración máxima de la jornada y a cualesquiera límites y precauciones en materia de jornada que dispongan la normativa legal o convencional aplicables. El  texto obliga a la empresa a elaborar una política en este sentido.

PREVENCIÓN DE RIESGOS

Además, la evaluación de riesgos deberá tener en cuenta los riesgos característicos de esta modalidad de trabajo, poniendo especial atención en los factores psicosociales, ergonómicos y organizativos. Deberá analizarse la distribución de la jornada, los tiempos de disponibilidad y los descansos y desconexiones.

ACUERDOS

El acuerdo de trabajo a distancia deberá realizarse por escrito. Podrá estar incorporado al contrato de trabajo inicial o realizarse en un momento posterior, pero deberá formalizarse antes de que se inicie el trabajo a distancia. Los cambios que se produzcan en las condiciones de prestación de servicios a distancia reflejadas en el acuerdo de trabajo a distancia requerirán acuerdo entre la empresa y el trabajador, y deberán reflejarse en dicho acuerdo con carácter previo a su implementación. Será contenido mínimo obligatorio del acuerdo: inventario de los medios, equipos y herramientas, incluidos los consumibles y los elementos muebles, así como su vida útil; enumeración de los gastos que pudiera tener el trabajador, así como forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente debe abonar la empresa y momento y forma para realizarlo; horario de trabajo y, en su caso, reglas de disponibilidad; distribución entre trabajo de presencia y a distancia, en su caso; centro de trabajo de la empresa donde queda adscrito el trabajador a distancia; lugar de trabajo a distancia elegido; duración de plazos de preaviso para el ejercicio de las situaciones de reversibilidad; medios de control empresarial de la actividad; procedimiento en el caso de producirse dificultades técnicas; y plazo o duración del acuerdo, entre otros.

ACUERDOS PREVIOS

El texto prevé que la vigencia de los acuerdos previos sobre teletrabajo será de tres años para las empresas que ya tuvieran regulado el teletrabajo.

IVA SANITARIO

El borrador, ya preparado para su inminente aprobación, incluye disposiciones que regulan temas no relacionados. Así, extiende el IVA sanitario cero a 31 de octubre y amplía los productos que se pueden beneficiar. Establece que la Agencia Tributaria es la encargada de gestionar y recaudar las tasas del juego una vez que ha asumido competencias Consumo, y estipula que en el Plan Renove el beneficiario deberá mantener la titularidad del vehículo dos años.

Fuente: EXPANSION

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