Definitivamente, son malos tiempos para los trabajadores con contrato indefinido tras la reforma laboral que entró ayer en vigor. Por si fuera poco, a la considerable rebaja del despido que van a tener los once millones de asalariados con esa condición, hay que añadir una pérdida sustancial de la exención fiscal que tenían en la indemnización por despido improcedente. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) declaraba hasta ahora exenta de tributación las compensaciones por este tipo de extinción de contrato que reciben los trabajadores con un modelo indefinido clásico u ordinario, así como a las que perciben quienes están con un modelo de fomento del empleo indefinido. Es decir, hasta 45 días de salario por año de trabajo con un tope máximo de tres años y medio de retribución, en el primer caso. Y hasta los 33 días de retribución hasta una retribución máxima de dos años. La modificación de la legislación laboral hace que, a partir de ahora, y de manera automática, la exención fiscal máxima por este concepto baje hasta 33 días al desaparecer el contrato clásico indefinido. Y esto es así porque, si bien el Gobierno respeta la cuantía de la indeminización de 45 días por año de trabajo hasta la entrada en vigor de la reforma, a partir de ahora ésta descenderá hasta los 33 días. Nuestra indemnización. En suma, que si la empresa despide al trabajador que esté en esta situación de forma improcedente, su indemnización saldrá de la prorrata de ambos períodos. No es lo mismo cobrar toda la cuantía de acuerdo con 45 días que tener una rebaja sustancial porque en la cantidad a recibir también entrará el período trabajado bajo la indemnización de despido de 33 días por año de trabajo. Tampoco será lo mismo no pagar impuestos por una u otra indemnización. Incluso la exención fiscal puede bajar hasta la compensación de 20 días por año de trabajo hasta un tope máximo equivalente a un año de trabajo, si la reforma plasma que los despidos procedentes sean la mayoría. El fiscalista Pablo Alarcón, de Alarcón y Espinosa Abogados, explica que, en este caso, la regulación del IRPF "hace referencia al Estatuto de los Trabajadores y si éste cambia también su tratamiento fiscal. Tanto para el despido individual como colectivo". Curiosamente, fue el PP, con el apoyo de CIU y toda la izquierda, el que, a finales de 2009, mejoró el tratamiento fiscal de la indeminización por despido improcedente. Entonces, con el PSOE en el Gobierno, la oposición respaldó la exención tributaria a esta compensación hasta el límite legal de los 45 días por año de trabajo. No obstante, con frecuencia en las regulaciones de empleo los pactos entre la empresa y los trabajadores superan con mucho, los límites legales de indemnización sin impuestos. Incluso, hasta 60 ó 90 días. Al bajar la indemnización los sindicatos tendrán más dificil alcanzar estas cantidades. Hay que tener en cuenta, además, que en ese momento se estaba produciendo el proceso más duro de la crisis en la destrucción de empleo. En el año 2010, los beneficios fiscales en las indemnizaciones por despido ascendieron a 342,1 millones de euros. Para 2011, la previsión del Gobierno anterior era de 133,6 millones de euros. Claro que fue antes de que España entrase en recesión.
La reforma laboral rebajará los beneficios fiscales de los despedidos.
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