La nueva reforma procesal “no hace Justicia para ricos”.

"Con la nueva reforma procesal no se está haciendo una Justicia para ricos". Así de rotundo se mostró ayer el secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, respecto de la medida prevista por el proyecto de Ley de Agilización Procesal de elevar la cuantía desde los 150.000 euros a los 800.000 para poder recurrir en casación ante el Tribunal Supremo. Campo, defendió que con la reforma , que será remitida este viernes al Consejo de Ministros, "no hay privilegiados ni existe merma en las garantías del ciudadano". Más bien al contrario, ya que "se van a beneficiar con tiempos de respuesta más cortos, al limar aquellas cuestiones que permiten descargar a los órganos superiores". Además, señaló que "habrá mayor seguridad jurídica, potenciando el papel constitucional del Supremo de crear doctrina sobre cómo deben interpretarse las leyes". Ahora bien, Campo reconoció que no siempre el interés casacional va de la mano de la cuantía de un asunto, "pero lo cierto es que la cuantía ha sido tradicionalmente un elemento determinante del cauce procesal , algo que una ley pequeña no puede cercenar de forma radical". Con el proyecto aseguró, se trata de potenciar un modelo procesal "dotado de mayor solidez y confiabilidad, apostando por un juez profesional técnicamente muy cualificado en el que tiene que confiar la ciudadanía para que dé su resolución". Y aseguró que "el ordenamiento cuenta con instrumentos suficientes -expedientes disciplinarios, incidentes de nulidad, etc.- para garantizar que no haya indefensión del ciudadano si el juez se equivoca en su resolución". Los mismos argumentos utilizó el secretario respecto de la exclusión del recurso de apelación en los juicios verbales por razón de cuantía (hasta los 6.000 euros), de forma que la sentencia de primera instancia se considerará firme. Recordó que el 85 por ciento de los asuntos resueltos en apelación confirman lo estimado en primera instancia. Así, dijo, "no por establecer más instancias tenemos más garantías de éxito ni se refuerza la tutela judicial". Y, señaló, "no hay que confundir el derecho a la tutela judicial efectiva con el derecho a los recursos". Sobre la supresión del límite de 250.000 euros para acudir al proceso monitorio dijo que, "no es prudente limitar a los términos actuales un proceso que ha demostrado su agilidad si hay material suficiente que pruebe una pretensión".

© Copyright 2024 | Aviso Legal | Política de cookies | Política de privacidad de redes sociales | Política de privacidad
Utilización de cookies propias técnicas y de análisis

Este sitio web utiliza Cookies propias para recopilar información con la finalidad de mejorar nuestros servicios y así como el análisis de sus hábitos de navegación. El usuario tiene la posibilidad de configurar sus preferencias en el panel de la izquierda.

Contáctanos