La nueva Directiva fiscal del ahorro llega este año.

Con motivo de la clausura del I Congreso Internacional de Derecho Tributario, celebrado en Valencia esta semana, el comisario de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea, László Kovács, anunció que probablemente a finales de año pudieran aprobarse las enmiendas a la Directiva sobre Fiscalidad del Ahorro. La propuesta de la Comisión Europea (CE) aspira a lucar contra el fraude fiscal, que según el comisario hace perder cada año a la Unión Europea 250.000 millones de euros entre los 27 Estados miembros, dos veces el presupuesto anual de la comunidad europea. Para la CE "cada euro cuenta". Según Kovács, la enmienda de Bruselas extiende el ámbito de la directiva a productos financieros innovadores, como seguros de vida y fondos de pensiones, y a las personas jurídicas, "para cubrir estructuras intermedias", como los trust o fideicomisos. Asimismo, el comisario celebró la promesa arrancada al G-20 en su última cumbre para poner fin a los paraísos fiscales, que incluso ha aceptado aplicar sanciones a quienes no cooperen en la lucha contra la evasión fiscal. Ahora bien, la CE es consciente de que "una cosa es el compromiso y otra su verdadera implementación". En este sentido, el comisario anunció que la Comisión trabajará conjuntamente con la OCDE para conseguir materializar esos compromisos. En esta lucha contra el fraude, la catedrática de Derecho Tributario y presidente del Consejo de Defensa del Contribuyente, Maria Teresa Soler, lanzó una advertencia al contribuyente para "que se ande con ojo". La CE ha anunciado dos propuestas de directivas sobre intercambio de información y asistencia mutua entre administraciones tributarias. Estas propuestas, de salir adelante, permitirán que cualquier funcionario de la Agencia Tributaria pueda actuar en cualquier Estado miembro con las facultades, que éste reconozca a su administración tributaria, como el levantamiento del secreto bancario, y viceversa. Por otro lado, Soler exigió una normativa que regule el procedimiento a seguir cuando se condene a un contribuyente a devolver un beneficio fiscal, a priori conforme a su derecho nacional, pero que, finalmente, es repudiado por el Derecho Comunitario como ayuda de Estado. Para la catedrática, esta reintegración plantea numerosos interrogantes a la hora de hacerla compatible con los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima del ciudadano en el derecho de su Estado, sobre todo cuando posiblemente esa deuda fiscal ya hace mucho que prescribió. Problema que se multiplica, en el caso de España, cuando la ayuda viene de una comunidad autónoma. Kovács es contundente al respecto: "No hay excusa para incumplir el ordenamiento comunitario". Si un Estado miembro infringe las normas sobre ayudas de Estado ha de iniciarse el correspondiente procedimiento. No obstante, recordó que ante el actual clima económico, la CE ha propuesto subir el límite legal de estas ayudas de 250.000 a 500.000 euros. Soler no cree que el contribuyente pueda resarcirse de la devolución del impuesto con base en la responsabilidad patrimonial del Estado por hacerle confiar en la legalidad de la ayuda. Cada vez más la Administración se blinda ante estas reclamaciones condicionando los beneficios fiscales a su conformidad con el derecho comunitario.

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