Hacienda da un respiro a las empresas de nueva creación

"Ya son pocas las empresas que se atreven a nacer con la crisis, así que es tan las cosas compara que encima les ahoguen con trabas " La impresión parte de uno entre muchos asesores tributarios que res piran con cierto alivio al encontrarse con el cambio introducido por Hacienda en el desarrollo reglamentario de la Ley de Prevención del Fraude de 2006, a modo de balón de oxigeno para los emprendedores. Según una modificación incorporada al reglamento de aplicación de los tributos, las entidades tendrán hasta tres meses para iniciar su actividad sin la inmensa preocupación de que, en ese tiempo, la Agencia Tributaria pueda decretar una revocación de su Numero de Identificación Fiscal (NIF) , frente al plazo de un mes que figuraba en los borradores preliminares . Al igual que sucediera con la revisión del reglamento "gemelo" sobre documentación de operaciones vinculadas (ver NEGOCIO del 10 de noviembre), el informe del Consejo de Estado sobre el desarrollo de la ley de prevención, y las quejas previas planteadas por diversos agentes económicos, han resultado decisivas para un cambio de criterio que diversos expertos consultados valoran positivamente. Actualmente, la revocación del NIF tiene una serie de consecuencias que, en la práctica, pueden hacer inviable la actividad de una empresa con gran celeridad. Desde el momento en que la Agencia toma una decisión firme, a la entidad se le vota la posibilidad de obtener el impreso que certifica el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con lo que, por ejemplo, tendrá las puertas cerradas para acceder a contratos públicos y subvenciones. Pero las implicaciones van más allá: con el NIF revocado la sociedad se irá quedando "seca" en términos financieros, dado que a partir de entonces las entidades de crédito no podrán realizar abono alguno en sus cuentas o depósitos. En el marco de la ley de prevención, el Gobierno trató, hace ahora dos años, de introducir una herramienta efectiva para la lucha contra los llamados "fraude carrusel" - falseamiento de derechos a deducción en IVA mediante sociedades interpuestas.-. Se trataba de acabar con las "entidades fantasma", sin actividad real más allá del interés por engañar al Fisco. Y una herramienta que se juzgó especialmente útil es la retirada del NIF. Se establecieron por vía reglamentaria una serie de circunstancias que motivarían la revocación, como la realización de actividades "falsas, inexistentes o distintas a las efectivamente realizadas", todo ello con el fraude fiscal como único fin; la demostración de que no existe domicilio fiscal real, o la circunstancia de que el capital inicial se hubiese atomizado en varias sociedades para ocultar el incumplimiento de los límites mínimos de desembolso. Además de todo ello, las empresas tenían un mes de plazo para iniciar su actividad o, al menos, los preparativos reales para ello. Pasados 30 días, el NIF se retiraba. Margen de actuación. Lo que pretendían evitar el Consejo de Estado y las empresas era una perversión del sistema. Un mes, según los expertos consultados, puede resultar un tiempo demasiado escaso, para iniciar los trámites de actividad, especialmente ahora, con la incertidumbre financiera reinante. Hacienda ha ido, incluso, algo más allá, y aún superados los 90 días, deja la puerta abierta a que el contribuyente demuestre una imposibilidad manifiesta de cumplir los plazos. Pero en algún punto se iba a poner la barrera al fraude, y Hacienda ha decidido establecer un claro contrapunto a su mayor permisividad a la hora de regular la rehabilitación del NIF, opción sobre la cual las cifras hablan solas. En estos momentos la Agencia Tributaria cuenta conun listado histórico de más de 280 NIF revocados, por apenas sólo dos rehabilitaciones. Una prueba, también, del presunto origen fraudulento de buena parte de las sociedades castigadas por el Fisco. Por las dudas, el reglamento apunta ahora que la recuperación del NIF solo será posible después de un cambio en la titularidad del capital, entre otros requisitos cuyo incumplimiento habilitará a Hacienda para archivar la solicitud "sin más trámite".

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