Hacienda, condenada tras emitir órdenes ilegales para no devolver cobros indebidos

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña ha condenado a la Agencia Tributaria (AEAT) por haber degradado a una inspectora jefe que denunció que la Jefatura de la Delegación de Hacienda en Cataluña había emitido una orden ilegal por la que vetaba la devolución de impuestos a los ciudadanos.
El delegado Especial de la Agencia Tributaria en Cataluña, Gonzalo García de Castro, el responsable último de los controvertidos informes sobre las facturas de la Infanta Cristina, emitió una instrucción interna de la AEAT disponiendo que "las devoluciones de ingresos excesivos se llevará a cabo siempre que el contribuyente haya presentado una solicitud de devolución de ingresos indebidos". Las devoluciones de ingresos duplicados o excesivos hay que hacerlas de oficio.
La inspectora de Hacienda jefe de Equipo en la Delegación Especial de Cataluña puso en cuestión la orden por considerarla ilegal y presentó un escrito en el que alegaba que "las cantidades debían devolverse necesariamente de oficio", que no iba a "colaborar en una conducta que significara a sabiendas la apropiación indebida de cantidades de los contribuyentes, que la instrucción podía ser una orden ilegal, pues podría suponer una apropiación indebida de ingresos por parte de la Agencia Tributaria".
A continuación, se produjo una reestructuración organizativa en la Delegación Especial de Cataluña para apartar a la funcionaria en cuestión de sus funciones. La inspectora recurrió la resolución que ordenaba la reestructuración.
Un informe emitido por la Agencia Tributaria en Cataluña sobre la reorganización llevada a cabo constituye, a juicio de la sentencia, "una autoinculpación para disfrazar, diez meses después, el cese de la recurrente en una supuesta reorganización para de esta manera dar una apariencia de legalidad a la decisión adoptada".
El TSJ de Cataluña añade que "en realidad lo que ha hecho ha sido sancionar o castigar de forma encubierta a la recurrente por cuestionar, poner en entredicho, e inclusive por no llevar a debido cumplimiento, una decisión contenida en una instrucción dada por su superior, el jefe de la Dependencia, incumplimiento que no se justifica en una mera voluntad, capricho o intención de desobedecer a un superior, o incumplir sin más sus obligaciones profesionales como funcionaria, sino por considerar y así manifestarlo abiertamente que lo acordado podría ser contrario a la legalidad".
Es decir, remacha la sentencia, "la convicción de este Tribunal alcanzada por la prueba no se basa en meras sospechas o conjeturas, puesto que ha quedado debidamente probado que deliberadamente se quiso perjudicar a la inspectora por la actitud que adoptó al cuestionar abiertamente la decisión administrativa de un superior jerárquico, lo que supone una actuación irregular y arbitraria que desde luego, va mucho más allá de lo que cabe entender por una racional o adecuada ordenación del personal".
La sentencia recuerda que la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público que regula los deberes de los empleados públicos, el código de conducta, y los principios éticos que deben presidir su actuación señala en el artículo 54-3 que los funcionarios deben cumplir las órdenes de sus superiores "salvo que constituyan una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, en cuyo caso las pondrán inmediatamente en conocimiento de los órganos de inspección correspondientes".
Para apoyar su caso, la inspectora presentó grabaciones de la jefatura de la AEAT que luego ratificaron testigos en las que decía: "No se devuelve un euro" (ver información adjunta).
La sentencia ordena el restablecimiento inmediato de la inspectora en sus funciones como jefe de Equipo. El fallo califica de "temeraria" la actuación de la Administración "en la medida que ha utilizado sus potestades apartándose de la finalidad para la que le han sido concedidas, en perjuicio no sólo de la recurrente, sino también de los contribuyentes afectados" con expresa imposición a la Agencia Tributaria de las costas del procedimiento que, según ha podido saber este periódico, ascenderían a cerca de 10.000 euros.
Un portavoz de la AEAT aseguró ayer a EXPANSIÓN que la Agencia ha ejecutado completamente la sentencia, es decir, que ha recolocado a la inspectora para que desempeñe las mismas funciones que ejercía antes, y que tiene al mismo número de personas a su cargo que antes del proceso. Además, el mismo portavoz afirmó que las causas que instó la inspectora por la vía Penal han sido archivadas.

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