Hasta el infinito y más allá. El cierre político que Hacienda decidió dar al caso de las liquidaciones de IVA anuales comienza a abrir un conflicto tributario igual o mayor que el problema teóricamente resuelto. Forzados por la nueva doctrina blindada de la sala especial del Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC), sus equivalentes regionales (TEAR) ya están comenzando a despachar resoluciones que habilitan a la Agencia Tributaria (AEAT) para saltarse la línea marcada hace ya más de 20 años por el Tribunal Supremo, en materia de reliquidaciones de impuestos. Bajo ciertos supuestos, la Agencia ya puede liquidar indefinidamente una misma deuda. Por suerte para el contribuyente, esos supuestos aún no se habían dado... hasta ahora. El pasado otoño, la Agencia Tributaria tuvo que echar mano de la Dirección General de Tributos para resolver un conflicto jurídico con mayúsculas. Después de recibir durante años las advertencias de sus propios tribunales, que negaban el derecho de Hacienda a practicar liquidaciones anuales de IVA -deben ser mensuales o trimestrales, según el caso-, la Agencia recibió en 2010 dos resoluciones del TEAC que no solo tumbaban liquidaciones anuales, sino que impedían rehacer esas liquidaciones, con la consiguiente probabilidad de que las deudas nunca llegaran a ser cobradas. Para salvar aquellas deudas, y las que pudieran surgir, Tributos decidió convocar por primera vez la sala especial del TEAC para la unificación de doctrina -cinco de sus ocho miembros son nombrados por el ministro o el secretario de Estado de Hacienda-. En una resolución del 24 de noviembre de 2010 (ver NEGOCIO del 30 de noviembre y antecedentes el 7 de octubre) la sala estableció que la Agencia puede "y está obligada" a reliquidar, sin necesidad de un mandato específico al respecto por parte de un TEAR, o el propio TEAC. Liquidación eterna En la práctica: si la Agencia se equivoca en una liquidación puede repetirla -salvo que sea declarada inexistente- indefinidamente, sin que los órganos administrativos del Ministerio tengan por qué oponerse . Así pues, una polémica que inicialmente versaba sobre la validez de las liquidaciones anuales, y que pasó luego a girar en torno al derecho de Hacienda a reliquidar, se ha convertido en un debate sobre el uso y abuso de la Agencia en esa capacidad para enmendar sus equivocaciones. En tal contexto, a comienzos de este mes le ha llegado a un contribuyente una resolución del TEAR de Cataluña que rechaza, como no podía ser de otra forma, las liquidaciones anuales, pero con una curiosa peculiaridad: no es una, sino que son dos las liquidaciones anuladas: la primera por su carácter anual, y la segunda, ya trimestral, por haber sido girada después de que el contribuyente recurriera al TEAR sin hacer alegaciones -cuando un recurso se presenta sin alegaciones, Hacienda no tiene derecho a variar su liquidación, como ayer confirmaban fuentes oficiales de la Agencia-. Extravagancias La cuestión que se presenta ahora es si la Agencia Tributaria, apelando al principio marcado por la sala especial, decidirá asegurar la deuda con una tercera liquidación. Ayer, un juez de lo contencioso consultado por este periódico calificaba de "rocambolesca" y "extravagante" la situación creada por la resolución de noviembre del TEAC. ¿Qué sucede? Existe ya una marcada línea doctrinal (bala única), liderada por algunos magistrados de la Audiencia Nacional y de Superiores de Justicia como el de Valencia, que rechaza la posibilidad de Hacienda de cargar un solo error sobre el contribuyente. Sin embargo, lo que pocas voces discutían era la línea marcada por el Supremo en el año 2000, que venía a admitir una segunda liquidación, pero en ningún caso una tercera. La Agencia Tributaria sostenía ayer que el caso de esta resolución del TEAR catalán nada tiene que ver con "la generalidad" de las deudas de IVA que se comenzaron a reliquidar tras el fallo de la sala especial del TEAC, ya convenientemente de forma trimestral o mensual, pero a diversos expertos jurídicos consultados no se les escapa que el caso del TEAR de Cataluña es una clara muestra de los agujeros que tiene la salida política dada al caos del IVA anual.
Hacienda comienza a aplicar el rodillo en el caso del IVA anual.
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