La Agencia Tributaria abre hoy el plazo de presentación del borrador de la Renta 2008. Hasta el 30 de junio -el 23, si el resultado es a ingresar-, una vez revisado y , en su caso rectificado, los contribuyentes podrán remitir este impreso que, como ayer advertía la propia Agencia, supone la presentación definitiva del impuesto . Los contribuyentes pueden cambiar el borrador a través de Internet (www.agenciatributaria.es), por teléfono (901 200 345), presentándose en las oficinas de la Agencia Tributaria o en entidades colaboradoras. Hasta el 30 de marzo, la Agencia Tributaria había recibido 15.631.609 peticiones de borradores de Renta, lo que representa un incremento del 9,9% con respecto al mismo periodo del año pasado y prueba el éxito de este cómodo, aunque polémico sistema acelerado de declaración. Las primeras devoluciones de borradores confirmados con resultado a devolver se iniciarán el 16 de abril. La Agencia recuerda que, en el momento de confirmar el borrador, el contribuyente debe presentar el NIF, el número de cuenta corriente, el número de referencia del borrador y el número de justificante. En el caso de que al contribuyente no le corresponda el borrador, la Agencia Tributaria siempre le remitirá los datos fiscales para que le sirva de ayuda en la confección de su declaración. Información por revisar. Hacienda señala que los datos que se incluyen proceden de información facilitada por terceros (pagadores, entidades...), de manera, advierte la Agencia, que "una vez que se reciba el borrador hace falta revisarlo". Como novedad este año, señala el organismo recaudador, se ha incluido en las cartas que acompañan al borrador algunas de las circunstancias que pueden no recogerse en el borrador para que el contribuyente las tenga en cuenta a la hora de revisarlo. No obstante, la propia Agencia Tributaria reconocía días atrás, con motivo de la presentación de los resultados del plan de prevención del fraude de 2008, que la carta personalizada finalmente no podrá entrar para esta campaña en grandes detalles, aunque se tratará de apuntar, al menos, algunos aspectos generales que debe tener en cuenta el contribuyente. En la información adjunta se pueden ver cinco grandes puntos sobre los que Hacienda pide al obligado tributario que preste especial atención. AGUJEROS DETECTADOS Primer año de hipoteca Tiene que ser el contribuyente quien diga si ese préstamo está destinado a la adquisición de la vivienda habitual y comprobar si puede incluir otros gastos para la aplicación de la deducción por vivienda. Colaboraciones Cuando al contribuyente, un pagador le ha imputado rendimientos por actividad profesional de cuantía pequeña es muy habitual que deriven de prestaciones vinculadas a su relación laboral (cursos, conferencias...); el contribuyente debe modificar su borrador para calificarlas como rendimiento del trabajo. Nacimientos En caso de descendientes nacidos o adoptados en 2008, es necesario aportar sus datos (fecha de nacimiento, NIF, vinculación...) Falta de NIF en hijos Necesario a partir de 14 años para saber si esta obligado a presentar declaración. Subvenciones Debe hacer constar si se ha destinado a la compra de vivienda habitual.
Hacienda abre el plazo de presentación del borrador del IRPF
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