El TS teme abusos de Hacienda al juzgar operaciones económicas.

El Tribunal Supremo (TS) acaba de lanzar una clara advertencia sobre las fronteras que no debe traspasar Hacienda en el uso de sus prerrogativas. A través del magistrado José Díaz Delgado, el Supremo mostraba ayer su "preocupación" por la posibilidad de que la administración tributaria extienda una polémica regla de valoración de operaciones, la del motivo económico válido, más allá del ámbito de actuación para la que fue concebida a comienzos de la presente década, cuando se diseñó como aduana para vetar o no la apliacación del régimen de neutralidad fiscal establecido en el impuesto de sociedades para las reestructuraciones empresariales. Durante su participación en el primer congreso internacional de derecho tributario del Colegio de Economistas de Valencia, Díaz Delgado se encargó de remarcar que el principio de seguridad jurídica obliga a la administración a señalar "perfectamente" bajo qué supuestos no existe un motivo económico válido que justifique la aplicación de incentivos fiscales a las reestructuraciones. "El resto es economía de opción", apuntó, y no fraude al Erario. El magistrado teme que esta regla tome rango de principio general, algo que, según apuntó, ya estuve en negociación años atrás. "El juego de mayorías políticas fue lo que evitó en el pasado que el motivo económico válido se generalizara para todos los supuestos tributarios", recordó Diaz Delgado. La propia Ley General Tributaria, viene exigiendo un sentido jurídico, además del fiscal, para no declarar una operación como simulada o fraudulenta a efectos impositivos, dejando así una vía abierta para que Hacienda se sienta amparada legalmente en caso de decidir -algunas empresas aseguran que ya sucediendo- una ampliación a otros terrenos de la regla del motivo económico válido. Ampliar el conflicto. Expertos consultados no ven opciones claras para que Hacienda, en las circunstancias económicas actuales, vaya a reforzar un conflicto que lleva tiempo frenando fusiones y escisiones societarias de todo tipo, y muy especialmente en el terreno de los holdings y grandes integraciones que generan compensaciones de bases imponibles negativas. Sólo recientemente y, para ciertas oepraciones, el Fisco está levantando la mano en el uso de una regla siempre objeto de litigio (ver NEGOCIO del 30 de mayo de 2008 y 21 de enero de 2009). No obstante, los expertos comprenden el aviso del Supremo, dado que un refuerzo de los poderes de Hacienda en este sentido podría permitir a la inspección, por ejemplo, vetar ventajas impositivas a compraventas inmobiliarias, constituciones y disoluciones de empresas con el argumento de que las operaciones tienen más sentido fiscal que económico. Durante el congreso, el director del European Tax College, Franz Vanistendael, recordó que la jurisprudencia europea "niega" el derecho de las administraciones tributarias a juzgar supuestos abusos del contribuyente "a partir de criterios generales predeterminados".

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