El Supremo fuerza a las multinacionales a revisar sus estructuras fiscales en España.

En su particular pugna con Hacienda, las multinacionales extranjeras en España van a tener que dar otra vuelta de tuerca más a sus estrategias operativas en el país después de un reciente fallo del Tribunal Supremo que, por primera vez, cuestiona duramente un modelo de negocio con el que venían funcionando grandes grupos europeos y muy especialmente estadounidenses. La sentencia del Supremo, del pasado mes de enero, analiza una reestructuración llevada a cabo a finales de los año noventa por el gigante farmacéutico suizo Roche y una de sus filiales en España, de la que posteriormente se ha acabado desprendiendo.La filial, que se dedicaba a distribuir productos del grupo, acuerda transformarse en un fabricante con riesgo limitado: fabricará productos por encargo del grupo, a quien también representará en el país, todo ello a cambio de unos márgenes sobre los costes de fabricación y unas comisiones sobre las ventas. De esta manera, y aunque el objetivo de la reestructuración no fuera fundamentalmente fiscal, sino de reorganización internacional, lo cierto es que los riesgos de la filial bajan, también sus márgenes y, por tanto, la base imponible sujeta a impuestos en España se reduce sensiblemente. De filial a sucursal Hacienda, que durante años ha estado discutiendo estas estructuras, entendió -en este y en otros muchos casos- que, con iguales costes y ventas, no tenía sentido un fuerte descenso de la base sujeta a impuestos en España. Así, y en lugar de cuestionar el reparto de bases imponibles posterior a la reestrucuración aplicando la normativa sobre precios de transferencia (intragrupo), decide que la filial española, realmente, es un establecimiento permanente (EP), una mera sucursal de la multinacional. A ese EP, Hacienda le atribuye unos beneficios mucho mayores que los declarados y levanta una cuantiosa acta de inspección. El caso acabó llegando hasta el Tribunal Supremo que, por primera vez, bendice la actuación de Hacienda en un caso de estas características. Previamente, la Audiencia Nacional había sostenido que "todos los indicios" apuntan a que la filial actuaba como un agente dependiente del grupo -esa dependencia es una de las notas características de la sucursal, igual que la existencia de un local fijo de negocio en manos del grupo-, entre otras cosas porque el riesgo empresarial de la filial no era, decía la Audiencia, mayor que el de cualquier empleado que incumple las órdenes de su superior. La defensa de Roche llegó ante el Supremo con un argumento primordial: para que exista EP, de acuerdo con el convenio tributario de España y Suiza vigente en aquel momento, es necesario que exista un lugar fijo de negocios en España o que la filial sea un agente dependiente con poderes para vincular con sus decisiones al grupo. Además, y en el caso de que los jueces mantuvieran la existencia del EP, Roche consideraba "absolutamente improcedente" que se imputara como beneficio de la supuesta sucursal el derivado de la comercialización en España, dado que la filial simplemente no realizaba labor alguna de comercialización. Frente a ello, y sin más argumentos que los plasmados previamente por la Audiencia y los tribunales de Hacienda, el Supremo entiende que la filial sí es un agente dependiente, aunque dedicado a la fabricación de productos -una variante que, según expertos consultados, no contempla la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) como determinante de un EP-. Además, admite que se vuelque a la sucursal el grueso del beneficio en España, de nuevo sin mayor argumentación. Pese a discutir vivamente los criterios plasmados por el Supremo, las empresas saben que deben mover ficha. Hoy por hoy, la propia OCDE defiende más el principio de entidad separada que el de sucursal, e incluso la inspección está levantando más actas por precios de transferencia que por considerar una filial como EP. Sin embargo, y según advierten los socios de Garrigues Ramón López de Haro y Abigail Blanco, las multinacionales ahora deben ser mucho más cuidadosas, tratando de que los empleados y la gestión de sus filiales en España sean más independientes de la matriz para que el modelo de negocio encaje mejor con los criterios de Hacienda.

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