El Supremo descarta abuso en el IRPH hipotecario pero no zanja el debate

El Tribunal Supremo publicó ayer un fallo que descarta la posible abusividad de las hipotecas IRPH.

La Sala de lo Civil determinó ayer que estos préstamos pueden tener defectos de transparencia, pero eso no los convierte automáticamente en abusivos ni invalida los contratos, según lo que deduce de cuatro casos analizados (hipotecas de Kutxabank y CaixaBank).

El fallo, por tanto, es favorable a los intereses de la banca, que tiene una exposición de 16.700 millones de euros a este tipo de préstamos. Los que tienen la cartera más abultada en proporción a su tamaño y capital son CaixaBank y Bankia.

Las cotizaciones del sector subieron tras conocerse el fallo, aunque al cierre se desinflaron y acabaron a la baja.

Según la AEB, el fallo confirma el criterio del propio Tribunal Supremo de 2017 y el del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la validez de la utilización del índice.

La sentencia propiamente dicha se publicará en los próximos días. Fuentes jurídicas confían en que resuelva ciertas dudas legales pendientes y que son clave para determinar si este frente judicial perderá fuerza en los juzgados. Ningún banco ha dotado provisiones por este concepto.

ANTECEDENTES

En 2017, el Supremo ya dictaminó que las hipotecas IRPH no eran abusivas, pero consideró que no debía valorar su transparencia por tratarse de un índice oficial, regulado y supervisado por el Banco de España.

Sin embargo, una instancia superior, el TJUE europeo, abrió este año la puerta a que los jueces españoles las pudieran declarar nulas si detectaban falta de información en los contratos. Es decir, si estos no cumplían dos puntos clave: explicar de forma “asequible” la fórmula de cálculo del IRPH e informar de la evolución histórica del índice los dos años anteriores.

Estas dos condiciones están recogidas en la Circular 8/1990 del Banco de España.

Las hipotecas analizadas ayer por el Supremo incumplen el segundo de los requisitos, pero eso no invalida los contratos, según el Supremo.

El fallo no es unánime, ya que cuenta con el voto particular del magistrado Francisco Javier Arroyo, el mismo que se posicionó en contra de este índice en la polémica sentencia que abrió las puertas de Europa al IRPH.

Fuentes jurídicas consultadas consideran que el fallo es claramente favorable a los bancos. “A falta de conocer la sentencia, el fallo deja claro que la cláusula que recoge el índice IRPH es válida y, por tanto, no da derecho a de- volución de intereses a favor de los consumidores”, explica Esther Pérez La Orden, asociada sénior de Deloitte Legal.

“La litigiosidad debería bajar tras este pronunciamiento”, añade. Actualmente existen miles de casos pendientes de sentencia firme en juzgados de primera instancia y audiencias provinciales de toda España.

Los servicios jurídicos de algunos bancos, no obstante, prefieren ser prudentes. Creen que la sentencia puede pronunciarse explícitamente sobre la conveniencia de sustituir el IRPH Cajas por otro índice legal, como el euribor. Este índice históricamente ha cotizado entre un 1,5% y un 3% por debajo del IRPH, según la OCU.

Actualmente el IRPH está situado en el 1,7%, mientras que el euribor cerró septiembre en el -0,415%.

El IRPH es el índice medio TAE (es decir, incluyendo comisiones) que aplican todas las entidades que operan en España. Los bancos le añaden un diferencial, que suele ser más pequeño que el que aplican a las hipotecas ligadas al euribor.

Algunas de estas hipotecas están pagando un tipo menor que las que se están suscribiendo este año, porque en su mayoría son a tipo fijo.

RETROACTIVIDAD

El Supremo también podría pronunciarse en la sentencia sobre la retroactividad. Es decir, cuál debe ser el marco temporal de las hipotecas con derecho a devolución de intereses (si existe).

La asociación de consumidores Asufin considera que el Supremo se ha apartado en algunos aspectos de la doctrina marcada por el TJUE. “Tenemos claro que el IRPH ha sido un índice a todas luces manipulable y seguiremos litigando en los tribunales nacionales”, afirmó ayer su presidenta, Patricia Suárez.

Se calcula que hay un millón de hipotecas en vigor referenciadas a este índice hipotecario. Según Asufin, de media estos préstamos han estado pagando 25.000 euros más de intereses al año que los ligados al euribor a 12 meses.

Fuentes jurídicas no descartan que se acabe instrumentando un mecanismo de negociación extrajudicial entre bancos y afectados, como sucedió con las cláusulas suelo.

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