El paquete de directivas que van a componer el futuro IVA intracomunitario, a partir del l de enero de 2010, se ha engrosado con una nueva directiva (2008/117/CE, de 12 de febrero), que junto con la Directiva 2008/8/CE, regula a nueva declaración sobre el tráfico del IVA intercomunitario de bienes, mediante el futuro Modelo 349. Como consecuencia de la entrada en vigor del Paquete IVA (las dos directivas mencionadas más la 2008/9/CE, de 12 de febrero), cuya transposición elabora actualmente el Gobierno, se volcará en ese modelo, no só1o información relativa a los tráficos de información, como se venta hacienda hasta ahora, sino también, sobre todas las prestaciones de servicios, respecto de las cuales se haya aplicado la regla de inversión del sujeto pasivo. Es decir, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo haya dejado de ser el prestador del servicio, dado que no cuenta con domicilia ni infraestructura en el sitio donde se ha grabado ese servicio. El modelo 349 informará sobre tráficos intracomunitarios y los sujetos que actúan con inversión del sujeto pasivo. La periodicidad que se establecerá para estas declaraciones será mensual y acumulará tanto los bienes como los servicios, para los contribuyentes que superen un límite mínimo de 100.000 en sus operaciones durante 2010 y de 50.000 euros a partir del l de enero de 2011. Basándose en la información facilitada por los Estados miembros, la Comisión presentará, a más tardar el 30 de junio de 2011, un informe en el que se evalúe el impacto de estas medidas sobre el fraude.
El Gobierno transpondrá una directiva más de IVA
Asesoramiento fiscal
Servicios jurídicos
Servicios laborales
Internacional
© Copyright 2025 | Aviso Legal | Política de cookies | Condiciones de uso | Política de privacidad de redes sociales | Politica de privacidad
© Copyright 2024 | Aviso Legal | Política de cookies | Política
de privacidad de redes sociales | Política de privacidad
Contáctanos