El Gobierno pagará la formación de los trabajadores que estén en ERTE

El Gobierno pagará la formación de los trabajadores que estén en los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) en las empresas en crisis. Las firmas sólo tendrán que poner una cuantía menor, que les será compensada con la exoneración de las cotizaciones sociales, o una parte de las mismas.

Por lo tanto, al final, las empresas no tendrán que financiar la formación de sus trabajadores, aunque sí deberán presentar un plan de objetivos. Así lo explicaron a EXPANSIÓN fuentes de la negociación entre el Gobierno, la patronal y los sindicatos para prorrogar los ERTE hasta el 31 de enero de 2022.

Hasta el momento, todo el sistema de los ERTE y de las ayudas a los autónomos, para combatir los efectos de la pandemia del coronavirus, ha costado 40.000 millones de euros. De esta cuantía, 21.300 millones ya los ha sufragado la Comisión Europea. Sin embargo, también es verdad que España recibirá otros 70.000 millones de euros hasta 2023 de los Fondos Europeos de Recuperación y Resiliencia.

Precisamente, el Ejecutivo y los agentes sociales mantendrán hoy una nueva reunión sobre esta cuestión. El Gobierno quiere que la sexta prórroga de los ERTE y de las ayudas extraordinarias a los autónomos sea aprobada con un Real Decreto-ley en el Consejo de Ministros del próximo martes 28. Hay que tener en cuenta que la prórroga actual termina el jueves 30 de septiembre.

El Ejecutivo ha decidido condicionar la exoneración de cotizaciones sociales en los ERTE a que las empresas den formación a los trabajadores que tengan en esta situación. Es decir, a gente que esté con el empleo suspendido o con la jornada reducida, mientras cobra la prestación por desempleo.

Se trata de que los trabajadores puedan reciclar sus conocimientos para seguir en la empresa o para poder cambiar a otro sector cuando vuelvan al trabajo. Por esta razón, el Ejecutivo reclamará a las empresas que presenten un plan de formación a cambio de poder rebajarse las cotizaciones sociales. La totalidad de ellas, si se trata de firmas que han tenido que cerrar totalmente, a causa de las medidas administrativas para combatir la pandemia del coronavirus. En el resto de las empresas, con una reactivación parcial o total, el 50% de las cotizaciones sociales, para las empresas de menos de 50 trabajadores, y del 40%, para las que tengan una plantilla superior, en aquellas firmas que puedan trabajar parcialmente o puedan ir incorporando trabajadores desde el expediente. Una vez más, CEOE y Cepyme piden al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, que aumente las exoneraciones de las cotizaciones sociales a las empresas, según las distintas fuentes de la negociación. Hasta el 30 de septiembre, las ayudas han comprendido una horquilla de entre el 60 y el 95%, en función del tamaño de la plantilla y del mes del verano.

Esto no quita para que tenga una exoneración total de cotizaciones sociales una empresa que no pueda trabajar de ninguna manera por una situación repentina, por los efectos de la pandemia del coronavirus.

La tutela del SEPE

En todo caso, el Gobierno quiere que las empresas se impliquen en los planes de formación. Y, por esta razón, serán tuteladas por el SEPE, en coordinación con la Seguridad Social, según explicaron las misma fuentes de la negociación. Las empresas podrán presentar los ERTE, entre el 1 y el 10 de octubre. Los planes de formación deberán realizarse entre esta fecha y el 30 de junio de 2022.

Por todas estas razones, el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, destacó ayer en Barcelona, que lo más importante de la nueva prórroga es que “las empresas deben solicitar de forma activa el ERTE y presentar el plan de formación, el cual será evaluado por la autoridad laboral, que es autonómica”. Precisamente, los empresarios consideran que, al suprimir la prórroga automática de los expedientes de protección, el Gobierno obliga a las compañías a hacer otra vez el papeleo y la tramitación, con el fin de dificultar el acceso de las empresas a estos sistemas de protección, según las fuentes patronales conocedoras de la negociación.

Máxime, cuando el Ejecutivo propone que el Expediente de Regulación Temporal de Empleo sea denegado, si en el plazo de diez días la administración no ha contestado a la solicitud de la empresa. Es decir, en este caso, el silencio administrativo se convierte en negativo.

Fuente: EXPANSION

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