El Gobierno legalizará el pago a más de 60 días si hay pacto entre las partes

Mientras el Gobierno saca, o intenta sacar pecho, con los resultados del plan de pago a proveedores, la situación real de la morosidad pública y privada en España sigue siendo una de las más graves lacras que dificultan la viabilidad y el empleo de las pequeñas y medianas empresas españolas, como demuestra el hecho de que siete de cada diez contratos o acuerdos comerciales que se firman en nuestro país, el 68,1 por ciento para ser exactos, incumplen los plazos de pagos establecidos en la Ley de Morosidad. Pero también ha despertado el Ejecutivo la indignación en el colectivo de los autónomos y pymes al introducir en el Anteproyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial dos disposiciones finales que vuelven a dar vía legal al concepto del pacto entre las partes para vulnerar los plazos de cobro legales (30 días en el sector público y hasta 60 en el privado), que fue derogado en la modificación de la Ley de Morosidad. En concreto, el texto del anteproyecto de la citada ley de financiación empresarial aprobado por el Ejecutivo propone que "se podrán ampliar los plazos máximos de pago previstos en la Ley cuando el acreedor y deudor acuerden ceder el crédito o la deuda ante un tercero siempre que ello reporte para el acreedor el cobro dentro del plazo máximo legalmente establecido". Un cambio legal que para los responsables de la PMcM "establece una excepción a la norma general del plazo máximo de pago de 60, generando confusión sobre los límites legales de pago". Exponen, asimismo, que "alargar de manera legal los plazos de pago empeora la situación financiera de las pymes y autónomos", a los que se obligará a pagar los costes y los intereses derivados de la cesión de deuda si quieren cobrar en plazo, y que "ampara legalmente prácticas que, con objeto de mejorar la situación financiera de unas pocas grandes empresas, perjudican notablemente la de muchas pequeñas". Una situación que refleja el último informe elaborado por la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) y que se deriva de la situación de prepotencia de las grandes empresas y de las Administraciones Públicas con su proveedores, a los que imponen plazos de pago superiores los 60 días que exige la actual legislación. Indefensión que se reproduce también a la hora de exigir las compensaciones legales derivadas del retraso y que se traduce en que el 75 por ciento de las empresas que sufrieron impagos, es decir, tres de cada cuatro, nunca o casi nunca han exigido los intereses de demora a los que por ley tienen derecho. Son estos datos correspondientes al ejercicio del año 2013, pero que responsables de la organizaciones representativas de los autónomos y pymes aseguran que se mantienen prácticamente invariables durante los meses que llevamos de este año, y que sitúa en el 5,1 por ciento de la facturación el volumen de los impagos acumulados por los autónomos y pymes. Ello sin contar los perjuicios derivados de los retrasos en el abono de facturas. La morosidad pública De acuerdo con los datos de este informe el plazo medio de pago de las Administraciones Públicas a sus proveedores se sitúa en 111 días de media, 30 días menos que un año antes, pero que aún dista mucho del plazo máximo de 30 días fijado en la actual Ley de Morosidad. Plazo legal que incumplen también las empresas privadas, cuyo periodo medio de pago a proveedores está en 85 días, 25 por encima de los 60 días que les marca la legislación vigente. Estos datos sitúan a España como el tercer país de la Unión Europea a quince con plazos de pago más dilatados, sólo es superado por Italia y Grecia. También el operador financiero Radius Finance confirmaba que la demora en el pago de facturas pendientes, incluidas las del Plan de Proveedores, se puede establecer entre 9 y 12 meses para la liquidación por parte de las Administraciones Públicas. Eso como media porque añade que "nos hemos encontrado con operaciones que tienen una demora de hasta tres años", con el perjuicio que ello supone. No es, pues, de extrañar que a la vista de estos resultados el 94 por ciento de las empresas españolas esté reclamando al Gobierno la implantación de un régimen sancionador para paliar los problemas de subsistencia y de viabilidad del negocio en muchos casos que les ocasiona la morosidad. Una exigencia que no atendió el Gobierno, al rechazar el Partido Popular en el Congreso una proposición de ley de Convergencia i Unió para introducir un cuadro de sanciones en la Ley de Morosidad. La proposición del grupo catalán planteaba incorporar a la Ley de Morosidad un título adicional que regulara de forma expresa las infracciones y las sanciones por el incumplimiento de las condiciones y plazos de pago a proveedores. Infracciones que el texto debatido divide en leves, graves y muy graves y para las que se fijaban sanciones de entre 30.001 a 900.000 euros para las infracciones muy graves, de entre 6.000 a 30.000 euros para las graves y de hasta 6.000 euros para las calificadas como leves.

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