5.- Declaración por el impuesto sobre sociedades 2014

Mediante Orden Ministerial OM HAP/1067/2015, BOE de 8 de junio de 2015, se regulan los modelos de declaraciones para los periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2014, del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.

Sólo existen dos modelos de presentación: el 200, con carácter general, y el 220 para grupos que tributen según el régimen especial de consolidación.

Se mantiene la obligación de presentar información previa a la declaración, a través del formulario que figura como Anexo III cuya presentación es vía electrónica a través de la Sede electrónica de la AEAT, para correcciones negativas y determinadas deducciones generadas en el ejercicio, ambas por importe igual o superior a 50.000 euros.

El plazo de presentación se mantiene con carácter general, es decir, los veinticinco días posteriores al transcurso de seis meses desde la conclusión del periodo impositivo.

Si el periodo impositivo coincide con el año natural y se produce la domiciliación del pago de la deuda tributaria, el plazo para dicha domiciliación bancaria es del 1 de julio de 2015 al 20 de julio de 2015, ambos inclusive, si bien puede realizarse en la entidad de depósito que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria (banco, caja de ahorro o cooperativa de crédito) sita en territorio español en la que se encuentre abierta a su nombre la cuenta en la que se domicilia el pago.

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