2.- Resolución del ICAC sobre nuevos criterios contables para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios

El ICAC en su Resolución del pasado 10 de febrero, publicada en el BOE del día 13 de febrero, desarrolla la modificación del PGC sobre ingresos por ventas y prestación de servicios y la información a incluir en la memoria sobre estas transacciones, incorporando asimismo nuevos criterios para el cálculo de la cifra anual de negocios. Estas modificaciones ya tendrán efectos para las cuentas anuales de los ejercicios iniciados a partir del 1-1-2021.

Veamos cuáles son los aspectos más relevantes que tendrán especial importancia dado que la base imponible del Impuesto sobre Sociedades en el régimen en estimación directa se determina partiendo del resultado contable ya que esta regulación incide en su determinación al concretar el momento en el que deben reconocerse contablemente los ingresos.

Asimismo, el cálculo del importe neto de la cifra de negocios tiene trascendencia en el cálculo del Impuesto sobre Sociedades a la hora de aplicar incentivos fiscales, como el régimen especial de las empresas de reducida dimensión.

Contabilización de los ingresos

La contabilización de los ingresos se produce cuando la empresa transfiere el control de los bienes o servicios a los clientes por el importe que refleje la contraprestación a la que espere tener derecho la empresa. Para eso hay que realizar el recorrido de cinco etapas sucesivas establecido en la modificación del PGC; identificar el contrato con el cliente; identificar las obligaciones a cumplir en el contrato; determinar el precio o importe de la transacción; asignar el precio o importe de la transacción a las obligaciones a cumplir; y reconocer el ingreso por actividades ordinarias a medida que la empresa cumple una obligación comprometida.

A estos efectos se establecen las reglas que permiten identificar el contrato incluidas las pautas en materia de combinación y modificación de contratos. Asimismo, se establecen los requisitos que deben considerarse para juzgar cuándo se produce el devengo del ingreso y, en particular, para determinar si el ingreso se reconoce en un solo momento o a lo largo del tiempo, en función del porcentaje de realización de la actividad.

Reglas de valoración de los ingresos

Se establecen las reglas de valoración de los ingresos, definiendo el precio de la transacción y la contraprestación variable (distintos descuentos), especificando que en la cuantificación del ingreso hay que analizar el componente financiero del contrato, y concretando el criterio a seguir para reconocer la contraprestación distinta al efectivo.

Casos particulares: los costes incrementales de la obtención o adquisición de un contrato, los costes derivados del cumplimiento de un contrato, las operaciones en las que la empresa concede al cliente un derecho de devolución del producto vendido con reintegro del precio cobrado, las garantías entregadas por la empresa a sus clientes, las cantidades recibidas por cuenta de terceros, las opciones del cliente sobre bienes y servicios adicionales y la cesión de licencias.

Cálculo del importe neto de la cifra de negocios

En relación con el cálculo del importe neto de la cifra de negocios, han de tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:

Concepto: el importe neto de la cifra de negocios se determina deduciendo del importe de la contraprestación por la transferencia de los bienes o servicios comprometidos con los clientes u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, el importe de cualquier descuento, devolución, reducción en el precio, incentivo o derecho entregado al cliente (por  ejemplo) vales, puntos de descuento o cupones), así como el IVA y otros impuestos directamente relacionados con los mismos, que deban ser objeto de repercusión.

Componentes positivos de la cifra de negocios: se incluyen el importe de la contraprestación a la que la empresa espera tener derecho a cambio de la transferencia de los bienes y servicios comprometidos derivados de contratos con clientes, así como otros ingresos no derivados de contratos con clientes que constituyan la actividad o actividades ordinarias de la empresa.

Se entiende por actividad ordinaria aquella que realiza la empresa regularmente y por la que obtiene ingresos de carácter periódico

Componentes negativos de la cifra de negocios: Del importe obtenido conforme a lo previsto en el apartado anterior, se deben deducir en todo caso las siguientes partidas:

  • los importes de las devoluciones de ventas;
  • los rappel sobre ventas o prestaciones de servicios;
  • los descuentos comerciales que se efectúen en los ingresos objeto de cómputo en la cifra anual de negocios;
  • los descuentos por pronto pago concedidos fuera de factura.

Conceptos excluidos de la cifra de negocios

Son los siguientes:

a.  Las unidades de productos para la venta consumidos por la propia empresa, y los trabajos realizados para sí misma.

b.  Las subvenciones. Sin embargo, cuando se otorguen en función de unidades de producto vendidas y forme parte del precio de venta de los bienes y servicios, su importe está integrado en la cifra de ventas o prestaciones de servicios a las que afecta, por lo que se computa en el importe neto de la cifra anual de negocios.

c.  Cuando exista un componente de financiación significativo en el contrato, los ingresos por intereses reconocidos.

d.  El IVA.

e.  El importe de los impuestos especiales cuando el sujeto pasivo venga obligado legalmente a repercutir a un tercero dichos impuestos.

Operaciones específicas: Se mantienen en términos similares los criterios establecidos en relación con las cuentas en participación, negocios en común y actividades en régimen de depósito.

Se incorporan nuevos criterios en relación con las permutas, agentes y sociedades holding.

Ejercicios inferiores al año: El importe neto de la cifra anual de negocios es el obtenido durante el período que abarque dicho ejercicio. Cuando el ejercicio es inferior a doce meses se ha de elevar al año el importe neto de la cifra de negocios de la empresa para determinar la facultad de elaborar balance y memoria en modelos abreviados.

 

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