11.- Disposiciones autonómicas y forales

DISPOSICIONES AUTONÓMICAS

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Con efectos a partir de 1-1-2020 y vigencia exclusiva para el año 2020, se crea una nueva deducción autonómica por las cantidades donadas al Servicio Andaluz de Salud, siempre que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la lucha contra el avance del COVID-19.

DL Andalucía 19/2020, BOJA 14-7-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y Tributos sobre el Juego

Como consecuencia de la duración del estado de alarma decretado por el COVID-19, con fecha 22-7-2020 entra en vigor la nueva prórroga de los plazos de presentación y pago del ITP y AJD, ISD y Tributos sobre el Juego cuyo vencimiento se produzca a partir del 21-6-2020, extendiéndose la citada prórroga hasta el 1-10-2020, salvo que de conformidad con la normativa que lo regula el vencimiento sea posterior.

Asimismo, los plazos cuyo vencimiento se hubiera producido entre el 14-3-2020 y el 21-6-2020, sin perjuicio de las ampliaciones aprobadas en el territorio de esta CA durante el estado de alarma, se amplían hasta el 1-10-2020, salvo que conforme a su normativa propia la fecha de finalización sea posterior.

Orden Aragón HAP/620/2020, BOA 22-7-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

Plazos de presentación de tributos cedidos

Con efectos desde el 1-7-2020, se deja sin efectos la ampliación de los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid mediante la Orden Madrid 26-3-2020.

Por ello, los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid correspondientes a hechos imponibles que se realicen con posterioridad al 1-7-2020 vuelven a regirse, exclusivamente, por su normativa específica.

Orden Madrid 24-6-2020, BOCM 1-7-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se amplían nuevamente los plazos para la presentación y pago de las autoliquidaciones del ISD que finalicen durante el periodo comprendido entre el 1-7-2020 y el 31-8-2020, ambos incluidos, por un periodo de dos meses adicionales, a contar desde el día en el que finalice el plazo inicial.

Orden Murcia 29-6-2020, BORM 30-6-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Impuesto General Indirecto Canario

Con efectos desde el 25-4-2020 y vigencia hasta el 31-7-2020, se aplica en el en IGIC el tipo del 0% a la importación y entrega de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19. No obstante y al no haber desaparecido las circunstancias que determinaron la introducción de esa medida, se amplía su vigencia hasta el 31-10-2020.

También, se modifica la relación de bienes susceptibles de aplicar este tipo 0%.

DL Canarias 13/2020, BOCANA 31-7-20.

Medidas tributarias en Canarias derivadas de la extinción del estado de alarma

Con fecha de entrada en vigor 30-6-2020, y con el objetivo de acelerar el crecimiento económico y respetar el principio de justicia tributaria, se ha decido extender en el tiempo las siguientes medidas tributarias aprobadas durante el estado de alarma:

1. Con respecto al IGIC y en concreto, en el régimen simplificado del impuesto, la orden ajusta el cálculo de la cuota trimestral durante el segundo trimestre en función de los días a computar (Orden Canarias 26-6-20 art.1). Para ello se relaciona:

  • las actividades económicas a las que afecta, y;
  • los días a computar del segundo trimestre del año 2020 en cada actividad económica en función del área geográfica en que se han desarrollado.

No obstante, las actividades que hayan iniciado o cesado su actividad económica entre el 1-4-2020 y el 30-6-2020, deben computar solo los días en que, según la normativa del estado de alarma, hayan podido desarrollar su actividad total o parcialmente.

2. Se extiende hasta el 30-9-2020, la autorización otorgada a las tiendas libres de impuestos para realizar ventas por comercio electrónico.

Orden Canarias 26-6-20, BOCANA 30-6-20

DISPOSICIONES FORALES

COMUNIDAD FORAL DE BIZKAIA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Con efectos desde el 1 de enero de 2022, se introducen modificaciones en la normativa foral del IRPF con el objetivo de implementar el Proyecto BATUZ, entre las que destacan el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Régimen de opciones en el IRPF de Bizkaia por la implementación del Proyecto Batuz

Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020, en relación con el régimen de opciones que deben ejercitarse con la presentación de la declaración del IRPF (NF Bizkaia 13/2013 art.105), se establece que, una vez ejercitada la opción para un periodo impositivo, esta no puede modificarse una vez finalizado el plazo voluntario en el caso de:

a) La exención en los rendimientos del trabajo percibidos por trabajos realizados en el extranjero.

b) El régimen especial para trabajadores desplazados.

c)  Rendimientos de trabajo obtenidos por la gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al desarrollo de la actividad económica.

d) La deducción por discapacidad o dependencia.

e) Tributación conjunta: la opción debe ser ejercitada por el primer miembro de la unidad familiar que presente la declaración y no puede ser modificada durante el período voluntario de declaración. No obstante, una vez finalizado el periodo voluntario de declaración, puede modificarse la opción ejercitada siempre que no se haya producido ninguna nueva acción de la Administración tributaria.

f) El régimen opcional de tributación para las ganancias patrimoniales derivadas de valores admitidos a negociación.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Novedades en la imputación de rentas del IRPF

Con efectos a partir del 1-1-2020, se introducen novedades en la imputación de rentas pendientes por cambio de residencia.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Deducción para el fomento de la implementación del Proyecto Batuz en el IRPF

Se crea una deducción para el fomento de la implantación en los ejercicios 2020 y 2021 de un sistema informático que garantice la trazabilidad e inviolabilidad de los registros que documenten entregas de bienes y prestaciones de servicios y que cumpla la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas en la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Creación del sistema informático TicketBAI en el IRPF de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz

Con efectos a partir del 1-1-2022, se establecen los requisitos legales y tecnológicos que el sistema informático TicketBAI debe cumplir en el registro de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el desarrollo de actividades económicas, así como en la emisión de las facturas u otros documentos que justifiquen las operaciones.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Impuesto sobre Sociedades

Presentación del impuesto

Se corrige una imprecisión detectada en las normas adicionales para la presentación de la autoliquidación del impuesto, y se aclara que si a la finalización del plazo voluntario de presentación de la autoliquidación, las cuentas anuales no han sido aprobadas por el órgano correspondiente, los contribuyentes que no se hayan acogido efectivamente al plazo extraordinario han de realizar la autoliquidación con las cuentas anuales disponibles.

DFN Bizkaia 8/2020, BOTHB 1-7-20.

Novedades en las reglas de valoración

Con efectos a partir del 1-1-2020, se introducen novedades en las reglas de valoración aplicables en los cambios de residencia y traslado de elementos patrimoniales a EP y en la inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes y EP situados en el extranjero.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Novedades en la imputación temporal

Con efectos a partir del 1-1-2020, los ingresos de participaciones, acciones u otros derechos que otorgan derechos económicos especiales en un Fondo de Inversión Alternativa se integran en la base imponible a medida que proceda registrar los gastos correspondientes a su atribución a las personas administradoras, gestoras o empleadas de estas.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Novedades en la deducción para evitar la doble imposición

Con efectos a partir del 1-1-2020, se modifica la deducción para evitar la doble imposición internacional. El objetivo es equiparar la deducción aplicable a las rentas procedentes de la trasparencia fiscal internacional a aquella que es de aplicación en relación con las rentas que son obtenidas directamente por el contribuyente.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Exoneración de obligaciones tributarias accesorias

Con efectos a partir del 22-6-2020, no resultan exigibles a las entidades parcialmente exentas en el IS y a las acogidas al régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos las obligaciones tributarias accesorias consistentes en el pago del interés de demora, el recargo por declaración extemporánea y los recargos del período ejecutivo, así como aquellas otras que se impongan por NFGT de Bizkaia.

OF Bizkaia 1137/2020, BOTHB 22-6-20.

Modificaciones en el IS de Bizkaia por la implementación del proyecto Batuz

Se establecen los cimientos normativos de los tres pilares sobre los que se asienta el proyecto Batuz: el establecimiento de nuevos instrumentos tecnológicos en los sistemas de facturación mediante la obligatoriedad del uso de medidas tecnológicas avanzadas por parte de los contribuyentes; el establecimiento de la obligación de llevanza de un libro registro de operaciones económicas para las personas jurídicas; y la puesta a disposición de los contribuyentes por parte de la Hacienda Foral de Bizkaia de borradores de declaraciones, a fin de facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Novedades en el régimen de opciones en el IS

Con efectos a partir del 1-1-2020, se introducen las siguientes novedades en relación con las opciones que deben ejercitarse con la presentación de la autoliquidación:

a) Se aclara que las opciones deben ejercitarse con la presentación de la autoliquidación, incluso cuando no tengan una alternativa o solución incompatible;

b) Se precisa que todas las opciones también se entienden ejercitadas cuando el contribuyente no consigne en la autoliquidación del impuesto ningún importe por el concepto de que se trate, incluso cuando la medida en cuestión no tenga una alternativa o solución incompatible con ella.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Novedades en el régimen de reestructuración empresarial

Con efectos a partir del 1-1-2020, además de modificaciones de carácter técnico, se introducen novedades en el régimen fiscal de reestructuración empresarial en el IS de Bizkaia. Destaca la regulación de un límite adicional aplicable a la deducibilidad de gastos financieros dentro del régimen especial y la subrogación en relación con las bases imponibles negativas pendientes de compensar en la entidad transmitente para el supuesto de transmisión de una rama de actividad cuyos resultados las hubieran generado.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Novedades por la implementación del Proyecto Batuz

Con efectos a partir del 27-7-2020, el Departamento de Hacienda y Finanzas debe poner a disposición del contribuyente un borrador de autoliquidación por este impuesto, elemento que permite ampliar la labor de asistencia de la Administración tributaria de Bizkaia.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Impuesto sobre el Patrimonio

Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020, se modifica la normativa foral del IP, con el fin de sustituir la obligación de presentar autoliquidaciones por la de presentar declaraciones por estos impuestos, a partir del periodo impositivo correspondiente al año 2020, a liquidar en 2021.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

Novedades en la aplicación de los tributos

Se modifica la norma foral general tributaria para transponer la Directiva comunitaria Dir 2018/822/UE, en lo relativo al intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad, en relación con los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación de información. Además, se introducen novedades en materia de declaración de caducidad.

NF Bizkaia 6/2020, BOTHB 27-7-20.

Régimen sancionador por la implementación del Proyecto Batuz

Se especifican sanciones que pueden ser aplicadas tanto al contribuyente, por el incumplimiento de la obligación o por la destrucción, borrado o manipulación del software y archivos informáticos que sirven de soporte a los registros que documenten las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el desarrollo de una actividad económica, como al desarrollador de software o a un tercero en el caso de sean estos los que procedan a la destrucción, borrado o manipulación del software.

NF Bizkaia 5/2020, BOTHB 27-7-20.

COMUNIDAD FORAL DE ARABA

Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido

Se adecúa el Reglamento del IVA en Araba, en materia de acuerdos de venta de bienes en consigna.

DF Araba 20/2020, BOTHA 26-6-20.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Medidas de reajuste a consecuencia del Coronavirus

Con efectos a partir de 1 de julio de 2020, se establece la exención del seguro colectivo para el personal sanitario y se crean, para el año 2020, dos nuevas deducciones: una por obras en la renovación de la vivienda habitual y otra por instalaciones de puntos de recarga de vehículos eléctricos.

DNUF Araba 8/2020, BOTHA 1-7-20.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos a partir del 1-7-2020, se introduce un beneficio fiscal en el ISD relacionado con la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento por causa directa del COVID-19.

DNUF Araba 8/2020, BOTHA 1-7-20.

Modelos de autoliquidación

Se aprueban en Araba los modelos 650, 651, 652, 653, 654 y 655 de autoliquidación del ISD y se determina la forma y lugar de presentación de los mismos, suprimiendo el procedimiento de confección de autoliquidaciones mediante modelos de impresos en papel.

OF Araba 351/2020, BOTHA 22-7-20.

Obligaciones de información en Araba a consecuencia del coronavirus

Se modifica la Norma Foral General Tributaria, en relación con el intercambio automático y obligatorio de información en el ámbito de la fiscalidad, con referencia a los mecanismos transfronterizos sujetos a comunicación e información.

DNUF Araba 9/2020, BOTHA 22-7-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Nueva exención

Con efectos a partir del 1-7-2020, se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.

DNUF Araba 8/2020, BOTHA 1-7-20.

Modelos de autoliquidación del ITP y AJD

Con efectos a partir del 1-9-2020, se suprime la presentación de las autoliquidaciones del ITP y AJD en impreso papel.

OF Araba 334/2020, BOTHA 22-7-20.

Colaboración social en la aplicación de los tributos en Araba a consecuencia del coronavirus

Ante la evolución generada por el COVID-19, en el ámbito de la colaboración social en la aplicación de los tributos y, en particular, sobre el carácter reservado de los datos con trascendencia tributaria, se establece un nuevo supuesto de colaboración con las entidades encargadas de la gestión de la prestación económica no contributiva de la Seguridad Social del ingreso mínimo vital.

DNUF Araba 8/2020, BOTHA 1-7-20.

COMUNIDAD FORAL DE GIPUZKOA

Impuesto sobre Sociedades

Con efectos a partir del 22-7-2020, se establecen normas adicionales para la presentación de la autoliquidación del IS en determinados supuestos; y se permite aplicar la deducción por producción de largometrajes y obras audiovisuales presentando en un momento posterior el informe motivado relativo al cumplimiento de los requisitos requeridos.

DFN Gipuzkoa 6/2020, BOTHG 22-7-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos a partir del 22-7-2020, se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.

DFN Gipuzkoa 6/2020, BOTHG 22-7-20.

Notificación por medios electrónicos

Se aprueba la orden por la que se regulan los términos en los que los obligados tributarios pueden ejercitar la posibilidad de señalar días en los que el Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Gipuzkoa no puede poner notificaciones tributarias a su disposición en sede electrónica.

OF Gipuzkoa 312/2020, BOTHG 27-7-20.

Medidas en la aplicación de los tributos en Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus

Ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), se posibilita la realización de actuaciones a través de videoconferencia u otros sistemas similares en los procedimientos de aplicación de los tributos. Por otro lado, se da opción de adoptar medidas que permitan a los intermediarios y contribuyentes diferir los plazos de cumplimiento de las obligaciones de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.

DFN Gipuzkoa 6/2020, BOTHG 22-7-20.

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Mediante el DLF Navarra 6/2020, BON 23-6-20, se introducen las siguientes medidas:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Con efectos a partir del 23-6-20, se aprueban medidas extraordinarias para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus entre las que destaca la exención de las prestaciones derivadas del seguro colectivo gratuito a favor del personal sanitario y la deducción para la transformación digital de las empresas.

Impuesto sobre Sociedades

Se regula la presentación del impuesto para las entidades que se hayan acogido a la ampliación de plazos de formulación y aprobación de las cuentas anuales; se amplía, hasta el 30-11-2020, el plazo de presentación de documentos ante la Hacienda Foral de Navarra para las fundaciones que se hayan acogido a la mencionada ampliación de plazos; se crea la deducción para la transformación digital de las empresas; y se aplica sin sujeción al límite del 25% de la cuota líquida, la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Dentro de las medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus, se recoge un beneficio fiscal en el ISD relacionado con la constitución de un seguro colectivo gratuito a favor de todo el personal sanitario para hacer frente a las contingencias de enfermedad y fallecimiento.

Suspensión de liquidación de determinados impuestos a consecuencia del coronavirus

Las comercializadoras de electricidad y gas natural y las distribuidoras de gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización quedan eximidas de la liquidación de IVA, del Impuesto Especial de la Electricidad, en su caso, y del Impuesto Especial de Hidrocarburos, también en su caso, correspondientes a las facturas cuyo pago haya sido suspendido en virtud de las medidas adoptadas ante la evolución del COVID-19.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos a partir del 23-6-2020, se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias, tanto de las legales, como de las convencionales suscritas al amparo de un acuerdo marco sectorial.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Periodos de inactividad en el régimen de estimación objetiva del IRPF a consecuencia del coronavirus

A efectos de determinar en ciertas actividades el rendimiento neto en el régimen de estimación objetiva, se deben de tener en cuenta los días señalados como periodos de inactividad para no computar ninguna unidad de módulo durante estos periodos.

OF Navarra 88/2020, BON 13-7-20.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Periodos de inactividad en el régimen simplificado del IVA a consecuencia del coronavirus

Ante la situación generada por la evolución del coronavirus (COVID-19), se establecen los días de inactividad para determinadas actividades acogidas al régimen simplificado del IVA y una reducción en la cuota correspondiente al segundo trimestre en el impuesto.

OF Navarra 88/2020, BON 13-7-20.

Impuestos Especiales

Con efectos a partir del 7-7-2020, para paliar los efectos generados por la evolución del coronavirus (COVID-19), se amplía el plazo de suministro de los asientos contables correspondientes al año 2020 y se posibilita el ejercicio de la opción para el suministro electrónico de los asientos contables a partir del sistema contable interno del que dispongan, en su caso, los obligados.

OF Navarra 87/2020, BON 6-7-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Con efectos a partir del 23-7-2020, se introduce una exención en el ITP y AJD, que afecta a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de AJD, y que se va a aplicar a las escrituras de formalización de las moratorias de préstamos y créditos hipotecarios y de arrendamientos sin garantía hipotecaria, que se produzcan en aplicación de la moratoria hipotecaria para el sector turístico.

DLF Navarra 7/2020, BON 23-7-20.

Medidas en materia de procedimiento tributario en Navarra a consecuencia del coronavirus

Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se amplía el plazo de publicación del listado de deudores hasta el 30-9-2020 y se incorpora la posibilidad de que las actuaciones de la Administración tributaria con los obligados tributarios se puedan realizar mediante videoconferencias.

DLF Navarra 6/2020, BON 23-6-20.

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