6.- Disposiciones autonómicas

DIPUTACIÓN FORAL DE ARABA

Mediante NF Araba 15/2015, BOTHA 6-11-2015 se establecen las siguientes modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades, ITP y AJD.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Exenciones

Desde el 1-1-2014, se incorpora a la exención reconocida para las ganancias patrimoniales derivadas de un procedimiento de ejecución hipotecaria de la vivienda habitual del contribuyente, la dación en pago de la vivienda habitual del deudor y del garante del deudor.

Rendimiento del trabajo

Desde el 1-1-2014, se acomoda la normativa del Impuesto a la modificación operada en la normativa de los Planes y Fondos de Pensiones para posibilitar el reembolso de los derechos consolidados en planes de pensiones en el supuesto de un procedimiento de ejecución sobre la vivienda habitual del partícipe, siempre que así se pueda evitar la enajenación de la vivienda. Estos reembolsos están sujetos al tratamiento fiscal genérico de los planes de pensiones incluyendo la integración al 60% del primer reembolso de derechos por este motivo.

A partir de 1-1-2015 en relación con la integración de los rendimientos irregulares, se establece que la cuantía máxima de 300.000 euros sobre la que se aplican los porcentajes de integración inferiores al 100% para los rendimientos derivados de sistema de previsión social, se hace también extensible para las prestaciones percibidas en forma de capital de contratos de seguros colectivos cuando las aportaciones efectuadas por los empresarios, hayan sido imputadas a las personas a quienes se vinculen las prestaciones.

Rendimiento de capital mobiliario

A partir de 1 de enero de 2015 las rentas derivadas de las aportaciones financieras subordinadas recibidas por las cooperativas se califican como rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios. Esta misma calificación se aplica a los rendimientos procedentes de la transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de dichos valores, y a las transacciones derivadas de acuerdos extrajudiciales con las entidades comercializadoras, hayan sido o no sometidos a retención a cuenta los correspondientes abonos.

Rendimientos de actividades económicas

Con efectos a partir del 1-1-2015, se introducen modificaciones en la deducibilidad de las cantidades abonadas en virtud de contratos de seguro.

Ganancias y pérdidas patrimoniales

Con efectos uno de enero de 2014 y uno de enero de 2015 se establecen modificaciones en el cálculo de las ganancias y pérdidas patrimoniales.

Se modifica el régimen de integración y compensación de rentas negativas derivadas de aportaciones financieras subordinadas, participaciones preferentes y deuda subordinada.

Aportaciones a sistemas de previsión social

Se determina a quién debe estar vinculada la situación de jubilación para la aplicar la reducción por aportaciones a sistemas de previsión social a favor del cónyuge y se perfecciona el régimen transitorio de los excesos de aportaciones.

Deducciones de la cuota líquida

Con efectos desde el 1-1-2015, se introducen las siguientes modificaciones:

-En referencia a las deducciones en vivienda habitual, en los supuestos en que por decisión judicial haya que satisfacer cantidades por el alquiler o adquisición de la vivienda familiar, se clarifica que, con carácter general, resultan de aplicación los porcentajes y limites generales, salvo cuando concurran en el contribuyente los requisitos de edad y familia numerosa, supuesto en que pueden ser aplicados los porcentajes y límites incrementados;

- En la deducción por inversiones y por otras actividades se incorpora la posibilidad de que contribuyentes que ejerzan actividades económicas puedan aplicar los incentivos para fomento de la cultura previstos en el IS.

Modificaciones en la integración de rentas en la base imponible

La relación de elementos patrimoniales exigida para diferir el pago de la cuota derivada de integrar en la base imponible la diferencia entre el valor normal de mercado y el valor contable de los elementos patrimoniales propiedad de la empresa que traslada su residencia a otro Estado miembro de la UE o de los elementos afectos a un establecimiento permanente situado en territorio español que se transfieren a otro Estado miembro, debe presentarse junto con la última autoliquidación que se deba presentar por IS o con la que corresponde al período impositivo en el que se produce esa transferencia.

Impuesto sobre Sociedades

Sociedades patrimoniales

Se introducen novedades en la consideración de los bienes inmuebles como elementos afectos a las actividades económicas de la sociedad patrimonial y en las incompatibilidades que se aplican a esta sociedad.

Entidades con actividad cualificada de arrendamiento de inmuebles

Las sociedades patrimoniales podrán optar por aplicar las especialidades previstas para ellas en el IS o el régimen especial de entidades con actividad cualificada de arrendamiento de inmuebles.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados

Con efectos desde el 7 de noviembre de 2015 e modifica el ITP y AJD para declarar, entre otras medidas, la exención de determinados arrendamientos de viviendas.

DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA

Modificaciones en el régimen de consolidación fiscal

Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015 se modifica el régimen de consolidación fiscal destacando la nueva redacción del concepto de grupo fiscal y la introducción de un régimen transitorio.

DFN Gipuzkoa 2/2015, BOTHG 27-10-15.

Operaciones Societarias

Con efectos de 1-1-2015, además de los fondos de titulización hipotecaria y los fondos de titulización de activos financieros, en este territorio se declaran exentos, de todas las operaciones sujetas a la modalidad de operaciones societarias del ITP y AJD, los fondos de capital riesgo.

También se deja sin contenido la exención relativa a las operaciones de constitución y aumento de capital de las entidades de capital-riesgo en los términos establecidos en la L 25/2005.

DFN Gipuzkoa 2/2015, BOTHG 27-10-15.

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