2.- Nueva reforma laboral

En las últimas semanas, el Ministerio de Trabajo ha retomado la negociación con los agentes sociales, para abordar la derogación de los aspectos más críticos de la última reforma laboral aprobada en 2012. 

La intención del Ejecutivo y de los sindicatos es llevar a cabo estas modificaciones a lo largo del próximo trimestre, mientras que las organizaciones patronales están planteando una modificación más amplia y pausada del mercado laboral.

La intención del Ministerio de Trabajo es abordar la derogación de la reforma laboral de 2012 en diversas fases:

  • La primera fase corregirá las medidas de la última reforma laboral, poniendo fin a la prevalencia del convenio de empresa, retomando la ultraactividad de los convenios y reduciendo el poder empresarial en las modificaciones sustanciales de los contratos de trabajo.
  • Posteriormente, se aprobarán las reformas necesarias para mejorar la estabilidad en el empleo y simplificar las modalidades de contratación.
  • Por último, se aprobará la modificación de las políticas activas de empleo.

Resumimos cuáles son los principales aspectos de esta nueva reforma, así como otras materias objeto de negociación.

Refuerzo de los convenios sectoriales

Se pretende eliminar la prioridad de los convenios de empresa sobre los sectoriales. Con esta medida, materias esenciales como la cuantía del salario mínimo, la jornada y distribución de horario, la compensación de las horas extraordinarias, el sistema de clasificación profesional o las medidas para favorecer la conciliación laboral y familiar, entre otras, se regularán a través del convenio sectorial estatal, autonómico o provincial.

Con esta medida, se conseguiría poner fin a las reducciones salariales aplicadas a través de convenios de empresa que, tras la reforma laboral, quedaban por encima de los convenios de ámbito superiores.

Ultraactividad de los convenios colectivos

También se pretende recuperar la ultraactividad de los convenios colectivos, es decir, la situación de prórroga automática de los mismos tras haber sido denunciados, una vez finalizado el plazo máximo de negociación para renovarlos o sustituirlos sin haber alcanzado un acuerdo entre las partes.

Modificación unilateral de las condiciones de trabajo

Mediante la reforma del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (ET), se pretende limitar la capacidad de modificación unilateral de las condiciones de trabajo por parte del empresario, en el supuesto de no alcanzar un acuerdo con el trabajador.

Restringir la subcontratación

Otra de las grandes prioridades del Ejecutivo es limitar la subcontratación como mero instrumento utilizado por las empresas para reducir sus costes salariales, al pagar salarios inferiores a los establecidos en su convenio colectivo. Esto llevaría a cabo mediante la modificación del artículo 42.1 del ET, limitando la subcontratación a servicios especializados diferenciados de la actividad principal de la empresa en cuestión.

Simplificación de la contratación

El Gobierno ha comunicado a Bruselas, en el ámbito del reparto de los fondos de reconstrucción, su intención de simplificar la contratación laboral, con objeto de reducir la precariedad, la temporalidad y la inestabilidad del mercado laboral español. Se propone la existencia de tres tipos de contrato de trabajo:

  • Contrato indefinido: Esta debe convertirse en la forma habitual de contratación. Con el objetivo de reforzar la contratación indefinida, desde el ministerio de Trabajo se plantean subvenciones de hasta 9.500€ a los contratos indefinidos.
  • Contrato temporal: Su uso se limitará solo a causas justificadas, vinculadas a necesidades temporales que no se pueden cubrir con un contrato indefinido. Además, se plantean penalizaciones por el uso excesivo de contratos de muy corta duración.
  • Contrato de formación: Este tipo de contrato servirá para facilitar la incorporación al trabajo de personas con falta de experiencia laboral.

Políticas activas de empleo

Próximamente, se modificará la Ley de Empleo para modernizar estas políticas, tras un acuerdo social y con las comunidades autónomas que permita la individualización de aquellas y el seguimiento y evaluación de los resultados de esta reforma.

Revisión de las causas de despido

Otra de las reformas planteadas en la reducción de las causas que permiten llevar a cabo despidos objetivos con indemnizaciones de 20 días por años trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

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