7.- Disposiciones autonómicas

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos para los hechos imponibles devengados a partir del 1-7-2015, se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar, por referencia al mismo, el valor real de determinados bienes inmuebles radicados en la comunidad autónoma de Galicia, a efectos de la liquidación de los hechos imponibles del ITP y AJD e ISD, así como la metodología empleada para su obtención.

Orden Galicia 29-6-2015, DOG 30-6-15.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos desde el 8 de agosto de 2015, se recogen mejoras en el ISD que favorecen las transmisiones de bienes y derechos mediante la introducción de nuevas deducciones, así como la reducción de determinados límites y ampliación del ámbito de aplicación de algunas de las reducciones existentes.

DL Murcia 1/2015, BORM 7-8-15.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Actualización de coeficientes en relación con los inmuebles de naturaleza urbana

Se aprueban los coeficientes aplicables para el ejercicio 2015 al valor catastral de los inmuebles de naturaleza urbana ubicados en ciertos municipios de relevancia turística a efectos del ITP y AJD e ISD.

Orden Aragón 15-6-2015, BOA 20-7-15.

COMUNIDAD FORAL DE ARABA

Modificación de los tipos de retención a cuenta del IRPF e IS en relación con las IIC y arrendamientos de inmuebles en Araba

Se procede a la modificación del RIRPF (DF Araba 40/2014) y del RIS (DF Araba 41/2014) de Araba al objeto de adecuar los tipos de retención a cuenta de los impuestos respectivos aplicables sobre las ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos en acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva y sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles.

Así, cuando el nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta se hubiera producido a partir del 1-9-2015, el porcentaje de retención será del 19,5% (entre el 1-1 y 31-8 de 2015, el 20%).

DF Araba 48/2015, BOTHA 21-8-15.

COMUNIDAD FORAL DE GIPUZKOA

Reglamento del Impuesto sobre Sociedades

Se ha aprobado con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 un nuevo reglamento del IS en Gipuzkoa.

DF Gipuzkoa 17/2015, BOTHG 22-6-15.

Impuesto sobre Sociedades

Contribuyente en el Impuesto sobre Sociedades

Se aclaran algunos aspectos sobre las sociedades patrimoniales y sobre las microempresas y pequeñas y medianas empresas.

Información a presentar

Se destaca la obligación de presentar junto con las autoliquidaciones determinada información sobre el fondo de comercio financiero.

Modificaciones en los pagos a cuenta

Entre las modificaciones destaca la aprobación de nuevos porcentajes de retención e ingreso a cuenta en, con efectos 1 de enero de 2014.

Regímenes tributarios especiales

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se desarrollan algunos aspectos de los regímenes especiales.

DF Gipuzkoa 17/2015, BOTHG 22-6-15.

Operaciones vinculadas

Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se desarrollan algunos aspectos en relación con la obligación de documentación de las entidades vinculadas.

Deducciones

Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se desarrollan los requisitos para aplicar las deducciones con mayor eficacia incentivadora: I+D+i, Actividades de conservación y mejora del medio ambiente o ahorro energético y Creación de empleo.

DF Gipuzkoa 17/2015, BOTHG 22-6-15

Precios medios de venta de determinados medios de transporte en el ITP y AJD, ISD, IMT e Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas

El volumen de operaciones sujetas al ITP y AJD, ISD, IMT e Impuesto sobre la Riqueza y las Grandes Fortunas, tanto de operaciones mortis causa como intervivos, de elementos de transporte distintos de los regulados en la OF Gipuzkoa 5/2015, es considerable. Por ello, a través de la Orden Foral de referencia, se recogen los precios actualizados de esos otros elementos de transporte en Gipuzkoa.

OF Gipuzkoa 319/2015, BOTHG 22-6-15.

DIPUTACIONES FORALES DE ARABA Y BIZKAIA

Tipo de gravamen en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Al igual que se prevé en el Estado, en el año 2015, se establecen dos periodos a efectos del tipo de gravamen aplicable a residentes en la UE o EEE y sobre dividendos, intereses o ganancias patrimoniales obtenidas en España sin mediación de EP:

1º. Para los impuestos devengados antes del 12-7-2015, el tipo de gravamen es del 20%.

2º. Para los impuestos devengados a partir del 12-7-2015, el tipo aplicable es del 19,5%.

DNUF Araba 2/2015, BOTHA 31-7-15;

DFN Bizkaia 4/2015, BOTHB 28-7-15.

DIPUTACIONES FORALES DE ARABA, BIZKAIA Y GIPUZKOA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Rendimientos del capital inmobiliario

Modificación de los tipos de retención y pagos a cuenta

Se incorporan en el Reglamento del IRPF de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, las modificaciones en materia de pagos a cuenta introducidas a nivel estatal por el RDL 9/201.

DF Araba 41/2015, BOTHA 31-7-15;

DF Bizkaia 128/2015, BOTHB 28-7-15;

DF Gipuzkoa 73/2015, BOTHG 30-7-15.

Impuesto sobre Sociedades. Modificación de los tipos de retención e ingreso a cuenta

Se introducen las siguientes modificaciones en materia de pagos a cuenta:

1) Tipo general: se rebaja el tipo general de retención. Para el 2015 es el siguiente:

- desde el 1-1-2015 y hasta el 11-7-2015: 20%;

- desde el 12-7-2015 y hasta el 31-12-2015: 19,5%.

2) Ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión o reembolso de acciones y participaciones de IIC y arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles urbanos: esta modificación se incorpora sólo en Bizkaia y se diferencia según que la obligación de retener o ingresar a cuenta haya nacido;

- antes del 1-9-2015: se mantiene el porcentaje del 20%;

- a partir del 1-9-2015: el porcentaje es del 19,5%.

Para estos rendimientos, en Gipuzkoa se establece expresamente que el porcentaje de retención e ingreso a cuenta es del 20% desde el 1-1-2015 hasta el 31-12-2015.

DF Araba 41/2015, BOTHA 31-7-15;

DF Bizkaia 128/2015, BOTHB 28-7-15;

DF Gipuzkoa 73/2015, BOTHG 30-7-15.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Nuevo Código Civil Vasco

Con efectos a partir del 3-10-2015, ha sido aprobado el Código Civil del País Vasco, aplicable en todo el territorio del País Vasco como un texto unificado, con las particularidades que históricamente han existido tal y como se viene recogiendo en las leyes y costumbres de los diferentes territorios, que ha de ser interpretado junto al Código Civil español, el cual tiene un carácter de derecho supletorio, teniéndose en cuenta además el derecho comunitario aplicable.

L País Vasco 5/2015, BOPV 3-7-15.

DIPUTACIÓN FORAL DE NAVARRA

Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Adquisición de bienes muebles a particulares

Con el fin de diferenciar los pagos efectuados trimestralmente con la presentación del modelo 601 “Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Adquisición de bienes muebles a particulares”, del resto de pagos correspondientes a la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, con efectos a partir del 26-6-2015, se aprueba en este territorio el nuevo modelo de carta de pago 797 “Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Adquisición de bienes muebles a particulares”.

OF Navarra 166/2015 art.2, BON 25-6-15.

Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Con efectos 1 de agosto de 2015, se acomoda el RIRPF en Navarra para adaptarlo a la norma legal del impuesto. Destacan los cambios introducidos en las siguientes materias: retribuciones de trabajo en especie, reducción por irregularidad, obligaciones informativas y pagos a cuenta.

DF Navarra 42/2015, BON 31-7-15.

Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido

Como consecuencia de la modificación de la LIVA en Navarra (LF Navarra 19/1992) por el DFLeg Navarra 3/2014 (BON 22-1-15), se modifica el RIVA en Navarra (DF Navarra 86/1993) mediante el DF Navarra 43/2015 para adecuarlo a la LIVA. La nueva norma modifica asimismo el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación (DF Navarra 23/2013) y el Decreto Foral por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas.

DF Navarra 43/2015, BON 14-8-15.

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