4.- Modificación de diversos reglamentos de la Seguridad Social

Mediante el Real Decreto 708/2015, de 24 de julio, se modifican diversos reglamentos de la Seguridad Social en materia de afiliación y liquidación de cuotas.

Inscripción de empresas y afiliaciones, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social

Se establece la obligatoriedad de comunicar el código o los códigos de los convenios colectivos aplicables a las empresas y a sus trabajadores. El plazo para la comunicación de las variaciones de datos de empresa, comunicación del cese temporal o definitivo de la empresa y solicitudes de baja o variación de datos de afiliación de los trabajadores pasa a ser de 6 a 3 días.

El plazo para la conservación de los documentos relativos a la inscripción, la afiliación y las altas, bajas y variaciones de datos se establece en 4 años.

Nuevo procedimiento de liquidación de cuotas

La liquidación de cuotas de la Seguridad Social deberá efectuarse mediante alguno de los siguientes sistemas de liquidación:

- Sistema de autoliquidación de cuotas: Cálculo realizado por los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar

- Sistema de liquidación directa de cuotas: Cálculo realizado por la TGSS.

- Sistema de liquidación simplificada de cuotas: Cálculo efectuado por la TGSS siempre que el alta de los sujetos obligados a que se refieran esas cuotas se haya solicitado en el plazo reglamentariamente establecido.

Gestión recaudatoria

El reintegro de prestaciones indebidamente compensadas y de deducciones indebidamente aplicadas el período voluntario de recaudación se iniciará en la fecha de inicio del plazo reglamentario de ingreso y se prolongará hasta la emisión de la providencia de apremio.

Las notificaciones de los actos de gestión recaudatoria se realizarán a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Otros aspectos

Se generaliza el uso de medios electrónicos para comunicar cualquier variación de datos personales que afecten al trabajador o sus circunstancias laborales (procesos de IT, cambio de puesto, etc.).

Se completa la información que consta en las bases de datos de los diferentes organismos (INSS, SEPE...) de forma que cualquier variación en la situación del trabajador provoca automáticamente el cálculo de la liquidación mensual.

© Copyright 2024 | Aviso Legal | Política de cookies | Política de privacidad de redes sociales | Política de privacidad
Contáctanos