10.- Disposiciones autonómicas y forales.

DISPOSICIONES AUTONÓMICAS

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

 

A través de la Ley 5/2020, de 29 de abril, publicada en el DOGC del día 30 de abril y entrada en vigor el día 1 de mayo de 2020, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el ejercicio 2020, se modifican ocho impuestos ya existentes, entre las que destacan las modificaciones relativas al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y se crea uno nuevo en el ámbito de la fiscalidad verde que grabará la incidencia sobre el medio ambiente de las instalaciones de producción, de almacenamiento, transformación y transporte de energía eléctrica, telefonía y telemática.

Modificaciones en el ámbito de los tributos propios

Canon sobre la disposición de residuos: en relación con este tributo gestionado por la Agencia de Residuos de Cataluña, se establece el incremento progresivo en cuatro años de los tipos de gravamen de los cánones sobre la deposición controlada e incineración de residuos municipales.

Canon del agua: respecto a este tributo gestionado por la Agencia Catalana del agua, se han aprobado modificaciones orientadas a hacer efectivo el principio de recuperación de los costes de los servicios vinculados al ciclo del agua (por ejemplo, se ajusta el tratamiento fiscal aplicable a los usuarios industriales de agua para la producción de energía eléctrica), así como se introducen modificaciones relacionadas con la presentación de declaraciones tributarias y diferentes medidas de lucha contra el fraude.

Impuesto sobre las viviendas vacías: se modifican, con la finalidad de incentivar la disponibilidad de vivienda destinada a alquiler social, los porcentajes de bonificación establecidos en atención al volumen de viviendas que los sujetos pasivos destinan a alquiler social asequible.

Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales: se recogen dos modificaciones referidas al citado impuesto. La primera, de carácter técnico, en la que se especifican los supuestos de sujeción al impuesto; la segunda, relativa a la determinación de la base imponible, introduciendo una ratio de vehículos por día y metros cuadrados de superficie específica para establecimientos de “Ferreterías”.

Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos: se incorpora dentro del ámbito del impuesto la tributación de cruceros que, si bien no entran en el puerto, fondean en sus aguas (hasta el momento únicamente se gravaba la estancia en los cruceros que se hallasen amarrados en el puerto). Asimismo, destacar que se habilita al Ayuntamiento de Barcelona a establecer, mediante ordenanza municipal, un recargo sobre las tarifas establecidas para este impuesto.

Impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial: se introduce una modificación técnica en relación con los instrumentos de información utilizados para determinar las emisiones que son objeto de gravamen.

Impuesto sobre bebidas azucaradas: tras tres años desde la creación de este impuesto y para continuar con la finalidad del mismo, se incrementan los tipos de gravamen a efectos de incentivar la reducción de la utilización de azúcar por parte de los fabricantes, así como la reducción del consumo de bebidas azucaradas por parte de los consumidores.

Impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente: se crea esta figura impositiva de carácter finalista que grava la incidencia, alteración o riesgo de deterioro que ocasiona sobre el medio ambiente la realización de las actividades que quedan sujetas, mediante las instalaciones y otros elementos patrimoniales afectos a estas, con el fin de contribuir a compensar a la sociedad del coste que soporta y frenar el deterioro del entorno natural. Estas actividades son, por un lado, las de producción, almacenamiento o transformación de energía eléctrica y, de otra, las de transporte de energía eléctrica, de telefonía o de comunicaciones telemáticas por medio de los elementos fijos del suministro de energía eléctrica o de las redes de comunicación.

Tasas: se crean nuevas tasas, se amplían los supuestos de hecho imponible de tasas existentes, se actualizan cuotas y se suprimen determinadas tasas por su escasa o nula aplicabilidad práctica.

Modificaciones en el ámbito de los tributos cedidos

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

 

Con efectos 1 de enero de 2020, se modifican los tramos de la escala autonómica de la base general liquidable del IRPF. Se desglosa el tramo existente de las rentas comprendidas entre 53.407,20 y 120.000 euros que tributaban al tipo marginal del 21,50% en dos tramos: un nuevo tramo que sigue tributando al tipo marginal del 21,50% y que comprende las rentas entre 53.407,20 y 90.000 euros y otro tramo que comprende las rentas entre 90.000 y 120.000 euros. A este último tramo le resulta de aplicación un tipo marginal del 23,50% en detrimento del 21,50% al que tributaban las rentas comprendidas entre los mencionados importes antes de la aprobación de la Ley 5/2020 (lo que representa un incremento de dos puntos porcentuales).

Asimismo, se incrementa un punto porcentual (esto es, del 23,50% al 24,50%) el tipo marginal del tramo que comprende las rentas entre 120.000 y 175.000 euros.

Se incrementa en un 10% el mínimo personal del contribuyente (esto es, de 5.550 euros a 6.105 euros) para aquellas rentas más bajas (aquellas que la suma de las bases liquidables general y del ahorro sea igual o inferior a 12.450 euros).

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

De entre todas las modificaciones previstas, cabe destacar dos modificaciones de gran impacto que deben ser destacadas especialmente entre las restantes: la reintroducción de los coeficientes multiplicadores aplicados para obtener la cuota tributaria del impuesto en función del patrimonio preexistente del contribuyente, así como la modificación del régimen de bonificaciones aplicables en la cuota tributaria en el supuesto de adquisiciones por causa de muerte.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Se introducen diferentes modificaciones a la regulación normativa del ITP-AJD.

En relación con la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, se adoptan las siguientes medidas:

Se establece una bonificación en cuota del 100% en las transmisiones de viviendas adquiridas por promotores públicos como beneficiarios del derecho de tanteo y retracto que ejerce la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Se establece una bonificación en cuota del 100% en las adquisiciones de viviendas que efectúen los promotores sociales sin ánimo de lucro, homologados por la Agencia de la Vivienda de Cataluña, para destinarlos a vivienda de protección oficial de alquiler o cesión de uso.

Se reduce a la mitad (del 10% al 5%) el tipo de gravamen que grava la compra de vivienda habitual por parte de familias monoparentales con renta personal y familiar inferior a 30.000 euros anuales. Esta cuantía se incrementa en 12.000 euros por cada hijo que exceda del número de hijos que la legislación vigente exige como mínimo para que una familia tenga la condición legal de familia monoparental de categoría especial.

Se modifica la regulación de la bonificación de la cuota por la transmisión de viviendas a empresas inmobiliarias, en la medida en que se reduce a tres años el plazo de que disponen las mencionadas empresas inmobiliarias para revender la vivienda.

En relación con la modalidad de actos jurídicos documentados, se crea una bonificación en la cuota del gravamen que recae sobre las escrituras públicas de constitución en régimen de propiedad horizontal por parcelas y sobre los documentos notariales que formalizan actas relacionados con las arras penitenciales (también llamadas arras de desistimiento).

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

 

Con entrada en vigor el 9-5-2020, los plazos para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuyos plazos vencieran durante el tiempo de duración del estado de alarma (declarada por el RD 463/2020 y sus prórrogas), se amplían por un período de dos meses adicionales.

Estas medidas surten efectos retroactivos desde el 14-3-2020.

Orden Cantabria HAC/15/2020, BOC 8-5-20.

Ampliación de las medidas en Cantabria a consecuencia del coronavirus

Con entrada en vigor el 23-4-2020, los plazos para la presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuyos plazos vencieran durante el tiempo de duración del estado de alarma (declarada por el RD 463/2020 y sus prórrogas), se amplían por un período de un mes adicional.

Estas medidas surten efectos retroactivos desde el 14-3-2020.

Sin perjuicio de lo anterior, los contribuyentes tienen derecho a efectuar la presentación y el pago de dichos tributos por medios telemáticos, en los plazos legal o reglamentariamente establecidos.

Orden Cantabria HAC/13/2020, BOC 22-4-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Se habilita, de manera temporal y excepcional, la presentación telemática de las autoliquidaciones del ITP y AJD e ISD en el ámbito de esta comunidad autónoma.

Aragón Resol 22-4-20, BOA 30-4-20.

Nueva ampliación de las medidas en Aragón a consecuencia del coronavirus

 

Con motivo de la vigencia del estado de alarma, se amplían en el territorio de esta CA por un período de un mes adicional los plazos que se señalan a continuación, respecto a los mismos impuestos y cómputo recogidos en la Orden Aragón HAP/316/2020 art.1.1 parr.1º y 2.1 (referidos a aquellos cuyo vencimiento se encuentre entre 14-3-2020 y la finalización del estado de alarma, prórrogas incluidas):

a) Plazos de presentación y pago del ITP y AJD, ISD y Tributos sobre el Juego.

b) Solicitud de prórroga de autoliquidaciones del ISD en las adquisiciones mortis causa en el ISD (DLeg Aragón 1/2005 art.133-5).

Aragón Resol 15-5-20, BOA 21-5-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Como medida temporal, con entrada en vigor el 29-4-2020, los plazos de presentación y pago del ITP y AJD e ISD de todas las declaraciones, declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo finalice desde el 30-4-2020 hasta el 30-5-2020, ambos inclusive, se amplían en un mes como consecuencia de la prolongación del estado de alarma como consecuencia del coronavirus.

Orden La Rioja HAC/19/2020, BOR 29-4-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos desde el 26-4-2020, y con vigencia indefinida, entre otras medidas, se simplifica la tributación en caso de transmisión de determinados vehículos y se prorrogan los beneficios fiscales aplicables en Lorca.

L Murcia 1/2020, BORM 25-4-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

 

Como medida temporal y excepcional, con efectos desde el 27-4-2020, los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, entre otros, del ITP y AJD e ISD se amplían en un mes adicional respecto a los establecidos por la Orden Madrid 26-3-2020 (que estableció la prórroga de los plazos de presentación desde el 27-3-2020 en un mes respecto a los plazos legalmente previstos).

Esta medida resulta aplicable tanto a los plazos en curso no vencidos surgidos de hechos imponibles devengados con anterioridad al 27-3-2020, siempre que el plazo legal de presentación no hubiera ya finalizado el 12-3-2020, como a los plazos cuya ampliación se abran como consecuencia de hechos imponibles devengados posteriormente.

Madrid Resol 21-4-20, BOCAM 24-4-20.

Nueva ampliación de los plazos en Madrid a consecuencia del coronavirus

Con efectos desde el 27-5-2020, los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones de los tributos gestionados por la Comunidad de Madrid, entre otros, del ITP y AJD e ISD se amplían en un mes adicional respecto a los establecidos por la Orden Madrid 26-3-2020.

Esta medida resulta aplicable tanto a los plazos en curso no vencidos surgidos de hechos imponibles devengados con anterioridad al 27-3-2020, siempre que el plazo legal de presentación no hubiera ya finalizado el 12-3-2020, como a los plazos cuya ampliación se abran como consecuencia de hechos imponibles devengados posteriormente.

Madrid Resol 20-5-20, BOCAM 25-5-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Tribunal Económico Administrativo

Con efectos desde el 6-8-2020, se organiza el Tribunal Económico-Administrativo de la Junta de Andalucía como único órgano colegiado con competencia para conocer de las reclamaciones económico-administrativas que se produzcan en el ámbito de la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

D Andalucía 60/2020, BOJA 6-5-20.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA LEÓN

Nueva prórroga de las medidas en Castilla y León a consecuencia del coronavirus

 

Como consecuencia de que el estado de alarma ha sido prorrogado, con efectos a partir del 20-5-2020, como medida excepcional los plazos de presentación de la autoliquidación y pago del ITP y AJD e ISD son ampliados en el plazo de un mes adicional, a consecuencia de la situación ocasionada por el COVID-19, respecto a las medidas ya establecidas al respecto por la Orden Castilla y León EYH/328/2020 y la Resol Castilla y León 14-4-20.

La prórroga de los plazos se aplica tanto a los plazos en curso no vencidos surgidos por hechos imponibles devengados con anterioridad al 20-3-2020, como a los plazos que sean abiertos como consecuencia de hechos imponibles devengados a partir de dicha fecha. La vigencia se extienda hasta la finalización de las prórrogas del estado de alarma.

Castilla y León Resol 14-5-20, BOCYL 20-5-20

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

Ampliación de plazos tributarios en Canarias a causa del coronavirus

Se amplía el plazo de ingreso de las deudas tributarias derivadas de la importación en la modalidad de pago diferido. Se permite a las tiendas libres de impuestos la venta a no viajeros.

Orden Canarias 5-5-20, BOCANA 7-5-20.

Impuesto General Indirecto Canario

Con efectos desde el 25-4-2020 y vigencia hasta el 31-7-2020, es de aplicación en el IGIC el tipo del 0% a las siguientes operaciones relativas a los bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19 que se relacionan en el DL Canarias 8/2020 art. único.2

DL Canarias 8/2020, BOCANA 24-4-20.

DISPOSICIONES FORALES

COMUNIDAD FORAL DE ARABA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se amplían ciertos plazos relacionados con el tratamiento de la inversión en vivienda habitual, a efectos de la deducción en el impuesto y de la exención por reinversión de la misma.

DNUF Araba 6/2020, BOTHA 13-5-20.

Medidas en el IRPF de Araba a consecuencia del coronavirus

Se establece el régimen fiscal de la disponibilidad de derechos consolidados y se flexibilizan los plazos establecidos para la inversión en vivienda habitual y la deducción por la constitución de entidades por las personas trabajadoras.

DNUF 6/2020, BOTHA 13-5-20.

Disponibilidad de los derechos consolidados de la previsión social complementaria en el IRPF de Araba

Con efectos a partir del 13-5-2020, se establece el régimen fiscal por la disponibilidad de derechos consolidados de la previsión social complementaria como consecuencia del coronavirus. Este régimen es aplicable a las cantidades solicitadas antes del 1-7-2020 y satisfechas antes del 31-8-2020.

DNUF 6/2020, BOTHA 13-5-20.

Caracterización de determinados fondos de inversión a largo plazo europeos en Araba a consecuencia del coronavirus

Ante la evolución de la crisis generada por el COVID-19, se establecen algunas medidas de flexibilización en relación con la caracterización de determinados fondos de inversión a largo plazo europeos a efectos tributarios.

DNUF Araba 6/2020, BOTHA 13-5-20.

Impuesto sobre Sociedades

Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.

DNUF Araba 6/2020, BOTHA 13-5-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Con efectos a partir del 13-5-2020, ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se aprueban varias medidas dirigidas a flexibilizar y agilizar determinados tratamientos tributarios a fin de que los contribuyentes cuenten con plazos razonables que posibiliten su aplicación.

DNUF Araba 6/2020, BOTHA 13-5-20

Medidas en el AJD de Araba a consecuencia del coronavirus

Dentro de las medidas urgentes aprobadas para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del COVID-19, se recoge un beneficio fiscal en el ITP y AJD que afecta a las novaciones contractuales de los préstamos y créditos hipotecarios.

DNUF Araba 4/2020, BOTHA 22-4-20.

 

Impuesto sobre el Valor Añadido

Tipo impositivo en el IVA de Araba a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 23-4-2020, ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se establece un tipo impositivo del 0% aplicable a entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios. Además, se reduce al 4% el tipo aplicable a libros, periódicos y revistas digitales.

DNUF Araba 5/2020, BOTHA 13-5-20.

Medidas en el régimen simplificado y en el de Agricultura, ganadería y pesca en el IVA de Araba a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 13-5-2020, ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se adapta, de forma proporcional al periodo temporal afectado por la declaración del estado de alarma, el ingreso a cuenta del régimen simplificado del IVA y se elimina la vinculación obligatoria que durante 3 años se establece legalmente para la renuncia al régimen simplificado y al REAGP.

DNUF Araba 5/2020, BOTHA 13-5-20.

Suspensión de determinadas facturas a consecuencia del coronavirus en Araba

Con efectos a partir del 2-4-2020, las comercializadoras de electricidad y gas natural y las distribuidoras de gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización quedan eximidas de la liquidación de determinados impuestos, correspondientes a las facturas cuyo pago haya sido suspendido en virtud de las medidas adoptadas ante la evolución del COVID-19.

DNUF Araba 4/2020, BOTHA 22-4-20.

Medidas en el procedimiento tributario en Araba a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 13-5-2020, ante la situación generada por el COVID-19, se establecen medidas de carácter procedimental en materia de fraccionamiento excepcional de deudas, de notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos, de plazo de presentación y pago de determinadas declaraciones y de plazo de interposición de recursos y reclamaciones.

DNUF Araba 6/2020, BOTHA 13-5-20.

 

COMUNIDAD FORAL DE BIZKAIA

Ampliación de plazos en la autoliquidación del IRPF e IP en Bizkaia a consecuencia del coronavirus

 

Se extienden los plazos para la presentación de las declaraciones de renta y patrimonio y se amplía la fecha de pago del segundo plazo de ingreso de la autoliquidación de IRPF.

OF Bizkaia 999/2020, BOTHB 25-5-20

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Medidas para la reactivación económica en el IRPF de Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 6-5-2020, se establecen medidas coyunturales de reactivación económica en el IRPF entre las que destacan la creación de una deducción temporal por la realización de obras de renovación en la vivienda habitual y la regulación de una deducción sobre las cantidades destinadas a introducir herramientas digitales en procesos de comercialización y ventas.

DFN Bizkaia 4/2020, BOTHB 6-5-20.

Medidas en el IRPF de Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 29-4-2020, se establece la ampliación de ciertos plazos relacionados con el tratamiento que la inversión en vivienda habitual tiene a efectos del IRPF.

DFN Bizkaia 3/2020, BOTHB 29-4-20.

Impuesto sobre Sociedades

Medidas para la reactivación económica en el IS de Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Se crea una deducción extraordinaria de la cuota efectiva del período impositivo 2019, y otra, por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas. Con el fin de incrementar el empleo en el ejercicio 2020, se eleva el límite de la deducción por creación de empleo, que pasa de 5.000 euros a 7.500 euros. Finalmente, se introduce un mecanismo extraordinario de amortización acelerada para los activos nuevos que se adquieran en el ejercicio 2020.

DFN Bizkaia 4/2020, BOTHB 6-5-20.

Deducción extraordinaria de la cuota efectiva en el IS de 2019

 

Se establece una deducción extraordinaria a aplicar en la declaración del IS del 2019, que permite a los contribuyentes que acrediten una reducción sustancial de su actividad o rendimientos, disponer de hasta el 60% de la cuota efectiva del impuesto para las siguientes finalidades: compensación de las pérdidas producidas en 2020, realización de inversiones en activos nuevos, realización de proyectos de I+D o IT o financiación de los realizados por otros contribuyentes, creación de empleo y fomento del emprendimiento en microempresas, pequeñas o medianas empresas.

DFN Bizkaia 4/2020, BOTHB 6-5-20.

Medidas en el IS de Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.

DFN Bizkaia 3/2020, BOTHB 29-4-20.

Deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas

Para fomentar la actividad de emprendimiento por las personas jurídicas en el ejercicio 2020, se les aplica la deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas de nueva o reciente creación o innovadoras, ya implantada en el IRPF en 2018.

DFN Bizkaia 4/2020, BOTHB 6-5-20.

Impuesto sobre Hidrocarburos

Se pospone el plazo de presentación de la solicitud de devolución parcial de las cuotas del Impuesto sobre Hidrocarburos soportadas por los agricultores y ganaderos por las adquisiciones de gasóleo para 2020.

OF Bizkaia 810/2020, BOTHB 23-4-20.

Suspensión de determinadas facturas en Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 2-4-2020, las comercializadoras de electricidad y gas natural y las distribuidoras de gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización quedan eximidas de la liquidación de determinados impuestos, correspondientes a las facturas cuyo pago haya sido suspendido en virtud de las medidas adoptadas ante la evolución del COVID-19.

DFN Bizkaia 5/2020, BOTHB 8-5-20.

Impuesto sobre el Valor Añadido

Acuerdos de ventas de bienes en consigna

Con efectos a partir del 1-3-202, se adapta la normativa de Bizkaia a la modificación llevada a cabo en la LIVA que incorpora al ordenamiento interno las reglas armonizadas de tributación en el impuesto de los acuerdos de venta de bienes en consigna.

DFN Bizkaia 2/2020, BOTHB 23-4-20.

Régimen simplificado y de Agricultura, ganadería y pesca en el IVA

Se prorrogan para el período impositivo 2020 los límites para la aplicación del régimen simplificado y REAGP.

DFN Bizkaia 2/2020, BOTHB 23-4-20.

Ámbito territorial en el IVA

Se adapta la normativa de Bizkaia a la trasposición a la normativa española en cuanto a los territorios comprendidos en el territorio aduanero de la Unión.

DFN Bizkaia 2/2020, BOTHB 23-4-20.

 

Caracterización de fondos de inversión a largo plazo europeos a consecuencia del coronavirus en Bizkaia

Ante la evolución de la crisis generada por el COVID-19, se establecen algunas medidas de flexibilización en relación con la caracterización de determinados fondos de inversión a largo plazo europeos a efectos tributarios.

DFN Bizkaia 3/2020, BOTHB 29-4-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Medidas en el ITP y AJD de Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Dentro de las medidas extraordinarias de flexibilización de ciertos tratamientos tributarios en el ITP y AJD derivadas de la emergencia sanitaria COVID-19, se recoge un beneficio fiscal en el AJD que afecta a las novaciones contractuales de los préstamos y créditos hipotecarios.

DFN Bizkaia 3/2020, BOTHB 29-4-20.

Aplazamiento y fraccionamiento de pago en Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Ante los efectos producidos por la evolución del COVID-19, retrasa hasta el 12-5-2020 el vencimiento de la cuota del mes de abril de los aplazamientos y fraccionamientos concedidos a los contribuyentes que no pudieron hacer frente a su pago en el momento en el que se produjo su cargo en cuenta entre el 27-4-2020 y el 30-4-2020, con devengo de intereses de demora.

OF Bizkaia 870/2020, BOTHB 8-5-2020.

Publicidad del incumplimiento de obligaciones tributarias en Bizkaia a consecuencia del coronavirus

Se debe establecer la fecha de publicación y los correspondientes ficheros y registros del listado (de deudores) con fecha de referencia de 31-12-2019, en el momento en el que, pese a la situación generada por el COVID-19, se pueda garantizar la adecuación del contenido del listado, de su publicidad y de los trámites del procedimiento para hacerla efectiva.

DFN Bizkaia 3/2020, BOTHB 29-4-20.

 

COMUNIDAD FORAL DE GIPUZKOA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Se amplían ciertos plazos relacionados con el tratamiento de la inversión en vivienda habitual, con el requisito de la ocupación efectiva y permanente para que la vivienda tenga carácter de residencia habitual, y con el de la deducción por la constitución de entidades por las personas trabajadoras.

DFN Gipuzkoa 2/2020, BOTHG 7-5-20.

Se aclaran aspectos tanto en la deducción por alquiler como por adquisición de vivienda habitual.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Modalidad mecanizada de autoliquidación en el IRPF de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus

Se determinan los plazos de inicio y finalización para la presentación de las autoliquidaciones en la modalidad mecanizada, así como los de reserva de citas.

OF Gipuzkoa 186/2020, BOTHG 11-5-20.

Supuestos que no constituyen ganancia o pérdida patrimonial en el IRPF de Gipuzkoa

Se especifica que para que no exista ganancia o pérdida patrimonial en la transmisión de empresas, acciones o participaciones, es necesario que el transmitente deje de ejercer funciones de dirección desde el momento de la transmisión.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Prestaciones familiares exentas en el IRPF

Con efectos a partir de 9-3-2019, se declaran exentas las prestaciones por nacimiento.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

 

Imputación temporal de rentas

Se introducen novedades en la imputación de rentas pendientes por cambio de residencia.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Rendimientos derivados de la participación en fondos propios

Se matiza el alcance del requisito relativo a la condición de persona trabajadora o alta directiva en sociedades gestoras o de capital riesgo.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Impuesto sobre Sociedades

Medidas en el IS de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus

Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.

DFN Gipuzkoa 2/2020, BOTHG 7-5-20.

Microempresa, pequeña y mediana empresa en el IS de Gipuzkoa

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020, se introducen novedades respecto de las rentas que no se computan a los efectos del cumplimiento del requisito de que, al menos, el 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas procedentes del desarrollo de actividades empresariales o profesionales.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Sociedad patrimonial en el IS de Gipuzkoa

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020, se introducen novedades en los requisitos exigidos para tener la consideración de sociedad patrimonial.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

No integración de dividendos en el IS de Gipuzkoa

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020, no procede la corrección de la doble imposición en relación con los dividendos o participaciones en beneficios cuya distribución genere un gasto fiscalmente deducible en la entidad pagadora.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

 

Cambios de residencia y traslado de elementos patrimoniales a EP situados en el extranjero, en el IS de Gipuzkoa

Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2020, se integra en la base imponible la diferencia entre el valor normal de mercado y el fiscal de los elementos patrimoniales que sean propiedad de una entidad que traslada su residencia fuera del territorio español o sean trasladados a un establecimiento permanente situado en el extranjero. Si los elementos patrimoniales se transfieren a un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo que haya celebrado un acuerdo con España o con la UE sobre asistencia mutua en materia de cobro de créditos tributarios, el contribuyente puede optar por fraccionar el pago de la deuda tributaria por quintas partes anuales iguales.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Obligación de documentación en operaciones vinculadas en el IS de Gipuzkoa

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2020, la obligación de suministrar la información país por país no es aplicable cuando la entidad designada o nombrada no puede obtener toda la información necesaria para presentar la información país por país de acuerdo con lo establecido al efecto en la norma foral del impuesto. La entidad residente en territorio español o el establecimiento permanente en territorio español obligado a presentar la información país por país deben solicitar a la entidad no residente la información correspondiente al grupo.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Novedades en los regímenes especiales en el IS de Gipuzkoa

Se introducen novedades en el régimen especial de consolidación fiscal y en el de reestructuraciones empresariales.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Rentas positivas de entidades no residentes

 

Se modifica la regulación de la inclusión en la base imponible del IS de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes. Entre las novedades, cabe destacar que se añade la referencia a los establecimientos permanentes situados en el extranjero.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Deducción para evitar la doble imposición en el IS de Gipuzkoa

Se introducen novedades en la deducción para evitar la doble imposición internacional en relación con los dividendos de entidades residentes en un país con el que España no tiene convenio para evitar la doble imposición y con las rentas pasivas obtenidas por entidades no residentes.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados

Medidas en el ITP y AJD de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus

Dentro de las medidas complementarias de carácter tributario en el ITP y AJD como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19, se recoge un beneficio fiscal en el AJD que afecta a las novaciones contractuales de los préstamos y créditos hipotecarios.

DFN Gipuzkoa 2/2020, BOTHG 7-5-20.

Exención en el ITP y AJD de Gipuzkoa

Se incluye una nueva exención objetiva aplicable a los contratos de arrendamiento de vivienda para uso habitual o permanente.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Comprobación de valores en el ITP y AJD

En relación con la comprobación de valores, se sustituye la preceptividad de la misma por la facultad de efectuarla, teniendo en cuenta que cuando el contribuyente asigna los mismos valores que los facilitados por la Administración o los que publica la misma, no procede la comprobación.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Impuesto sobre el Patrimonio

Exención de bienes afectos y de determinadas participaciones

Con efectos a partir del 1-1-2019, se realizan correcciones técnicas y se modifica la regulación de la exención aplicable a las participaciones en el capital o patrimonio de entidades.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Impuesto sobre Donaciones

No sujeción en el ISD de Gipuzkoa

Se sustituye la exención del ISD de las adquisiciones a título gratuito por las personas físicas artistas, por una no sujeción al impuesto.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Impuesto sobre Actividades Económicas

Exenciones en el IAE de Gipuzkoa

Se introducen modificaciones de carácter terminológico en las exenciones referidas a los casos de inicio de actividad y se realiza una aclaración a efectos del cómputo de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.

Gestión en el IAE de Gipuzkoa

Se regula la posibilidad de acceder, por parte de los interesados, a la información de las actividades de su titularidad y a la información de datos no protegidos contenidos en la matrícula del impuesto, determinando, al mismo tiempo, qué datos tienen la naturaleza de protegidos.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Reglamento de gestión tributaria

Con efectos a partir del 27-5-2020, se aprueba el Reglamento de gestión tributaria y de desarrollo de las normas comunes sobre actuaciones y procedimientos tributarios de Gipuzkoa. Además, se modifican los Reglamentos de inspección tributaria, del IRPF y del IS.

DF Gipuzkoa 5/2020, BOTHG 27-4-20.

Aplazamiento y fraccionamiento de pago en Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 7-5-2020, ante los efectos producidos por la evolución del COVID-19, se prescinde de la previa autorización del Consejo de Gobierno Foral para la resolución de determinados aplazamientos o fraccionamientos de deuda.

DFN Gipuzkoa 2/2020, BOTHG 7-5-20.

Comunicación de mecanismos transfronterizos de planificación fiscal en Gipuzkoa

Con efectos a partir del 1-7-2020, se traspone la Dir 2011/16/UE (o DAC 6) introduciendo en la NFGT Gipuzkoa dos disposiciones, la primera referida a la obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal y la segunda referida a la obligación entre particulares derivada de la declaración de los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Procedimiento de liquidación iniciado de oficio en Gipuzkoa

Con efectos a partir del 29-4-2020, se establece la posibilidad de dictar liquidación provisional sin propuesta previa cuando esta se refiere a comprobaciones de valor que tengan su base en los precios medios de mercado publicados previamente por la Administración.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

Infracciones tributarias en Gipuzkoa

Con efectos a partir del 23-4-2020, se reduce de 1.500 a 300 euros la sanción por incumplir la obligación de presentar autoliquidaciones, declaraciones u otros documentos con trascendencia tributaria por medios distintos a los electrónicos, informáticos o telemáticos en los supuestos en los que hubiera obligación de hacerlo por esos medios.

NF Gipuzkoa 1/2020, BOTHG 28-4-20.

 

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Régimen de estimación objetiva en el IRPF a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 12-5-2020, ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se limitan los efectos temporales de la renuncia al régimen de estimación objetiva del IRPF para el periodo impositivo 2020.

OF Navarra 64/2020, BON 11-5-20.

Medidas en el IRPF a consecuencia del coronavirus

Se excluye el periodo comprendido entre el 14-3-2020 y el 30-5-2020 a efectos del cómputo del plazo para acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.

DLF Navarra 4/2020, BON 4-5-20.

Modelos de declaración en el IRPF e IP

Se aprueban los modelos F-90 y F-80 de declaración del IRPF e IP para el período impositivo 2019 así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.

OF Navarra 61/2020, BON 6-5-20.

Impuesto sobre Sociedades

Medidas en el IS a consecuencia del coronavirus

Se amplían los plazos de reinversión de beneficios extraordinarios y de materialización de la reserva especial para inversiones y se elimina el requisito de mantenimiento de los promedios de plantilla en el periodo impositivo 2020 para la aplicación en 2018 y en 2019 de la deducción por creación de empleo.

DLF Navarra 4/2020, BON 4-5-20.

 

Impuesto sobre el Valor Añadido

Régimen simplificado del IVA a consecuencia del coronavirus

Ante la situación generada por la evolución del COVID-19, se establece una reducción del 20% de la cuota correspondiente al primer trimestre del régimen simplificado del IVA para determinadas actividades y se flexibiliza la renuncia a este régimen.

OF Navarra 64/2020, BON 11-5-20.

Tipo impositivo

Se armoniza la regulación del impuesto con lo establecido en el RDL 15/2020, para tratar de paliar los efectos del COVID-19, y se establece el tipo impositivo del 0% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes sanitarios. Además, se iguala el tipo impositivo de libros, periódicos y revistas en formato electrónico, al del formato físico.

DLF Navarra 4/2020, BON 4-5-20.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Dada la naturaleza no periódica de la liquidación del ISD y del ITP y AJD, se excluye del cómputo a efectos de los plazos de presentación e ingreso de ambos impuestos, el periodo de tiempo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de mayo de 2020.

DLF Navarra 4/2020, BON 4-5-20.

Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales

 

Con efectos a partir del 4-5-2020 y hasta que el Gobierno de Navarra determine que persisten las circunstancias extraordinarias que motivaron su aprobación, se reduce la cuota tributaria del Impuesto sobre los Grandes Establecimientos Comerciales correspondiente al periodo impositivo 2020 de manera proporcional al tiempo en que, debido a la declaración del estado de alarma, el establecimiento comercial permanezca cerrado.

DLF Navarra 4/2020, BON 4-5-20.

Declaración de mecanismos transfronterizos de planificación fiscal a consecuencia del coronavirus

Con efectos a partir del 4-5-2020, los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal a que se refiere la LFGT Navarra disp. adic.33ª, cuyo deber de declaración haya nacido entre el 25-6-2018 y el 31-12-2020 deben ser objeto de declaración en los plazos que establezca el titular del departamento competente en materia tributaria.

DLF Navarra 4/2020, BON 4-5-20.

 

 

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