.- Pagos fraccionados y libertad de amortización con mantenimiento de empleo.

Como se recordará, el Real Decreto-ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 13 de abril, contempla la aplicación de la libertad de amortización con mantenimiento de empleo si se dan determinadas condiciones, entre ellas, que los elementos objeto de inversión sean activos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias, y que su puesta a disposición sea en los periodos impositivos iniciados dentro de los años 2009, 2010, 2011 y 2012. Cumplidos estos requisitos, la libertad de amortización se realiza cuando los activos sean susceptibles de amortización.

La Dirección General de Tributos, en respuesta a una consulta vinculante del pasado 20 de abril, establece que en relación con el cálculo de los pagos fraccionados, dado que la libertad de amortización se aplica desde que los activos están en condiciones de funcionamiento, es a partir de dicho momento cuando se puede tener en cuenta para el mencionado cálculo.

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