.- Algunas consideraciones a la deducción en el IRPF por adquisición de vivienda habitual.

Siendo la deducción por vivienda habitual una de las más frecuentes en la declaración por el IRPF, deseamos matizar ciertos requisitos que le afectan.

Adquisición de vivienda cuando se haya disfrutado de la deducción de otras anteriores. Cuando se adquiera una vivienda habitual habiendo disfrutado de la deducción por adquisición de otras viviendas anteriores, no se podrá practicar deducción por la adquisición de la nueva en tanto las cantidades invertidas en la misma no superen las invertidas en las anteriores, en la medida en que hubiesen sido objeto de deducción.

Límite de la deducción por el valor del patrimonio del contribuyente. La aplicación de la deducción por inversión en vivienda requerirá que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente al finalizar el periodo impositivo exceda del valor que tuviera al inicio del periodo al menos en la cuantía de las inversiones realizadas, sin computar los intereses y demás gastos de financiación. A estos efectos, no se computarán los incrementos o disminuciones de valor experimentados durante el periodo impositivo por los elementos patrimoniales que al final del mismo continúen en el patrimonio del contribuyente.

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