Bruselas aconseja pasar a ejercicios anteriores las pérdidas por el Covid

La Comisión Europea ha recomendado, en la línea de lo que aconsejó el año pasado la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), que las empresas puedan trasladar a ejercicios anteriores las pérdidas provocadas por la crisis del coronavirus Covid-19. En Concreto, Bruselas insta en su Recomendación 2021/801, de 18 de mayo de 2021, a los Estados miembros de la Unión Europea a establecer un enfoque coordinado para el tratamiento de las pérdidas sufridas por las empresas en los ejercicios 2020 y 2021.

La Comisión considera que, dadas las circunstancias económicas excepcionales de los años 2020 y 2021 debidas a la pandemia del Covid-19, los Estados miembros deben permitir el traslado de las pérdidas de las empresas como mínimo al ejercicio 2019, si bien pueden ampliar este traslado de pérdidas a los ejercicios 2017 y 2018. Según la Comisión, esta medida otorgaría liquidez adicional a las empresas y beneficiaría en especial a las pymes. Además, beneficiaría únicamente a las empresas que fueron rentables en los años anteriores a la pandemia, lo que supone aplicar el principio de apoyar a las empresas sanas. Así, los Estados miembros renunciarían ahora a unos ingresos fiscales, pero los obtendrían en el futuro de las empresas que se mantuvieran a flote y volvieran a ser rentables.

La Aedaf planteó esta medida al Gobierno de España en un documento publicado en marzo de 2020, sobre la base de argumentos muy similares a los ahora esgrimidos por la Comisión Europea, si bien hasta la fecha esta iniciativa no ha sido adoptada en nuestro país.

En concreto, el punto dos de la propuesta de los asesores fiscales apuntaba la "posibilidad de solicitar aplazamientos extraordinarios de deudas tributarias por parte de todas aquellas empresas, con independencia de su tamaño, que experimenten una acreditada dificultad para cumplir con las obligaciones tributarias derivadas de la crisis del Covid-19". A su juicio, "deberían ampliarse los tipos de garantías que podrían ser ofrecidas, de cara a solicitar este aplazamiento extraordinario de impuestos".

La Aedaf recuerda que este tipo de medidas han sido introducidas ya en países como EEUU, Reino Unido, Alemania, Austria, Finlandia, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Mónaco, China, Canadá, Australia, Eslovenia, Estonia o Letonia.

Recurso contra la DAC 6

La Aedaf ha recurrido ante el Tribunal Supremo el Real Decreto que desarrolla la Ley 10/2020 y, ante la Audiencia Nacional, la Orden Ministerial que crea los formularios informativos 234, 235 y 236. Los asesores fiscales presentaron hace 15 días estos recursos atendiendo al carácter retroactivo, así como al escaso margen de actuación, y las diversas deficiencias técnicas, de la normativa que desarrolla la directiva de 2008 conocida como DAC 6. Aedaf ha solicitado en sus recursos la adopción de medidas cautelarísimas para intentar evitar que la obligación informativa tenga que cumplirse en el perentorio plazo otorgado por la normativa, plazo que acabaría mañana, 13 de mayo.

El Gobierno transpuso la normativa europea fuera de plazo, mediante una ley de finales del año pasado, ley que presentaba muchos defectos técnicos y remisiones a la propia Directiva. Y ha publicado la normativa de desarrollo, incluyendo los formularios informativos, en abril, lo que permite un margen de tiempo muy limitado para el cumplimiento de la obligación: treinta días naturales. Aedaf explica que se prevé que dicha información deba ser aportada con un alcance retroactivo que obliga a comunicar aquellos mecanismos transfronterizos cuya primera fase se haya ejecutado hasta el 25 de junio de 2018.

Europa rechaza el límite al efectivo

El Instituto Coordenadas de Gobernanza y Economía Aplicada ha denunciado la incompatibilidad entre el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que la Comisión de Hacienda del Congreso de los Diputados tiene previsto someter a votación este martes, 25 de mayo, y la política que planea implantar la Unión Europea respecto al mismo asunto.

El aspecto más evidente de esta confrontación es la prohibición de las operaciones en dinero en efectivo, que el proyecto de ley limita a 2.500 euros para las que se realizan entre particulares y de 1.000 euros para las ejecutadas entre empresas o profesionales. Esta medida, resaltan los analistas del Instituto, estaría en total desacuerdo con la visión europea.

Fuente: www.eleconomista.es

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