Aplazamiento de pago con dispensa de garantía

Bizkaia

Deudas sobre los que se dispensa garantía
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa
No superior a 10.000 € Mensual IVA e IS y retenciones
No superior a 20.000 € Mensual 36 meses IVA e IS y retenciones
No superior a 150.000 € Mensual 12 meses Solvencia del deudor; inexistencia de otras deudas con la Adminstración sin garantizar IVA e IS y retenciones
No superior a 250.000 € Mensual 6 meses Solvencia del deudor; inexistencia de otras deudas con la Adminstración sin garantizar IVA e IS y retenciones

 Según Orden Foral 2466/2014, de 18 de diciembre, por la que se desarrolla el Reglamento de Recaudación en materia de aplazamientos exonerados de prestación de garantías.

Gipuzkoa

Deudas sobre los que se dispensa garantía
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa
No superior a 3.000 € IVA e IS y retenciones
No superior a 12.000 € 1 año IVA e IS y retenciones
No superior a 150.000 € 2 años Ingreso mínimo del 20% al fraccionar IVA e IS y retenciones
No superior a 190.000 € 2 años Ingreso mínimo de 30.000€ de manera que la deuda restante aplazada no supere los 150.000€ IVA e IS y retenciones

Con efectos de 23/3/2009, se modificaron los art. 26.6 y 64.5, de la NFGT de Gipuzkoa, estableciéndose que en los supuestos de aplazamiento, fraccionamiento o suspensión de deudas garantizadas en su totalidad mediante aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o mediante certificado de seguro de caución, el interés de demora exigible será el interés legal.

Alava

Deudas sobre los que se dispensa garantía
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa
No superior a 10.000 € Mensual 11 plazos mensuales con vencimientos en los distintos meses del año, pudiendo quedar excluido el mes de agosto Aportación de información de cuentas bancarias y autorización para que la Diputación Foral de Álava pueda conocer los saldos y movimientos de cuentas bancarias  IVA e IS

En virtud de lo dispuesto en el artículo 26 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de febrero, General Tributaria de Álava en los supuestos de aplazamiento, fraccionamiento o suspensión de deudas garantizadas en su totalidad mediante aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o mediante certificado de seguro de caución, el interés de demora exigible será el interés legal .

Navarra

 

Territorio Común

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