La banca española no tendrá que provisionar los créditos
fiscales. La buena noticia, especialmente para
las entidades medianas, llega después de que Bruselas
abandonara sus reservas hacia ellos. Tiene razones
para hacerlo. Estos créditos son derechos adquiridos
de los bancos respecto a Hacienda que, gracias
a un aval de cobro ofrecido por Economía sobre
una parte de ellos, se contabilizan como capital
por tener el cobro garantizado. Se trata del cambio
contable de unos activos, no de una ayuda de Estado.
Tampoco se sostiene la sospecha de Bruselas de
que implican un trato discriminatorio respecto a
otros sistemas europeos: Portugal o Italia reconocen
también estos créditos como capital. Por tanto,
el paso de Bruselas supone una decisión justa.
Trato justo de la UE a los créditos fiscales
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