Las sicavs comienzan su migración a Luxemburgo por el temor fiscal

La incertidumbre jurídica está llevando en las últimas semanas a algunas sicavs españolas a trasladarse a Luxemburgo con la fórmula de una absorción por parte de un fondo del Gran Ducado. Los inversores temen que un cambio regulatorio dañe sus intereses.

Las sociedades de inversión de capital variable (sicavs) cada vez se sienten más cómodas con la regulación luxemburguesa y más incómodas con la incertidumbre jurídica que perciben en España. El acuerdo entre el Partido Popular y Ciudadanos para cambiar la normativa que rige este tipo de vehículos está provocando que muchos de sus propietarios estén buscando fórmulas que les permitan deshacerse de un corsé jurídico con futuro indeterminado.

El pacto de investidura recoge que solo las sicavs con 100 accionistas que tengan cada uno de ellos al menos el 0,55% puedan disfrutar de la tributación reducida del 1% en el Impuesto sobre Sociedades frente al 25% general. Una de las últimas estrategias que están empleando los departamentos jurídicos de las gestoras de sicavs es la fusión de vehículos con sus homólogos en el Gran Ducado.

Las sicavs luxemburguesas tienen un régimen fiscal más beneficioso, un marco jurídico más estable y garantizan más la confidencialidad de la inversión, lo que está animando a todas las firmas de banca privada de España a concentrar el desarrollo de su negocio hacia este tipo de vehículo (más equiparables a un fondo de inversión).

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha autorizado en los últimos meses que cuatro sicavs españolas sean absorbidas por parte de sicavs luxemburguesas. Son los casos de Percapital (absorbida por Total Return Portfolio, de Abersand Capital); Extensis Uno y Calcula (absorbidas por el compartimento Access Balanced Fund de Private Bank Funds) y Siitnedif Tordesillas Estrategia Global (absorbida por el compartimento Global Strategy de Fidentiis Tordesillas Sicav).

Enrique Parra Sáez, responsable de desarrollo de negocio de Fidentiis Gestión, explica que en su caso (referido a la última sicav mencionada) “la decisión se ha tomado fundamentalmente por una cuestión de eficiencia de costes”. La gestora creó en 2010 una sicav luxemburguesa (que acumula más de 18 millones de euros), de la que cuelga la sicav española, con idéntica política de inversión (que representa el 40% del patrimonio). “Concentrar todo en un único vehículo simplifica la estructura y permite a los inversores tener que soportar menos costes”, asegura.

Parra también apunta un factor más:“Luxemburgo se ha convertido en el estándar europeo para la distribución internacional de fondos. Si quieres que te compren inversores internacionales hay que ofrecer productos con pasaporte luxemburgués”.

El miedo a inminentes cambios fiscales son un punto clave. “Las fusiones transfronterizas son un procedimiento reglado, que permite que la sicav cambie de jurisdicción de una forma menos complicada”, explica Curra Munuera, socia de CMS Albiñana & Suárez de Lezo. “Las deslocalizaciones hacia jurisdicciones más estables son una posible solución, junto con las liquidaciones que se están viendo en los últimos meses”, señala Bruno Domínguez, socio de Baker McKenzie en Barcelona.

Cambiar el domicilio sin realizar una fusión es más difícil. Primero hay que convertir la sicav en una sociedad limitada o anónima y después solicitar el alta en el otro país. Pero, si es Luxemburgo, sería muy caro, puesto que la normativa obliga a crear un único compartimento, lo que implica elevados costes, señalan fuentes conocedoras del sector.

“Las absorciones de sicavs por parte de sicavs luxemburguesas son una solución que implica la deslocalización del vehículo a una jurisdicción en la que no se esperan trabas políticas. Es cierto que, al no existir una consulta específica a la Dirección General de Tributos (DGT) que abra la caja de los truenos, esta opción tiene, de entrada, menos riesgos”, señala el experto de Baker McKenzie.

Eso sí, existe el riesgo de que Hacienda haga aflorar las plusvalías en el momento de ejecución de la operación y que estas tengan que pasar por la Agencia Tributaria en la declaración del IRPF correspondiente, como puede ocurrir con las fusiones de fondos con sicavs, como reveló una consulta de la DGT, publicada por CincoDías el pasado 22 de septiembre.

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