Las firmas de vales comida se lanzan al transporte subvencionado

Vale comida, cheque guardería, seguro médico, ayuda al alquiler de vivienda y, ahora también, tarjeta transporte. La lista de beneficios sociales que ofrecen ventajas fiscales a empresas y empleados se amplía. El Gobierno aprobará en breve un real decreto que modifica los impuestos sobre las personas físicas (IRPF), sociedades, renta de no residentes y valor añadido (IVA). Este texto completa el Real Decreto Ley 6/2010 de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo, publicada el pasado 9 de abril. Dicha norma establece una "exención del impuesto sobre el IRPF de las cantidades satisfechas por las empresas para el transporte colectivo de sus trabajadores". Es decir, el tradicional "plus de transporte" dejará de aparecer en la nómina de millones de asalariados y no será sometido a tributación. El borrador de reglamento difundido por el Ejecutivo el pasado 20 de octubre detalla el ámbito de aplicación y el alcance de esta ayuda. En su artículo 46 bis se establece que no se cargarán impuestos sobre aquellas ayudas concedidas para "adquirir títulos de transporte que permitan la utilización del servicio público de transporte colectivo de viajeros". O dicho en otras palabras, el dinero que se emplee en viajar en autobús, metro o trenes de cercanías. En cambio, medios como el taxi o las bicicletas de alquiler quedan excluidos por ser de uso individual. El real decreto fija que una empresa podrá entregar un máximo de 136,36 euros mensuales a cada trabajador, con un límite máximo de 11 mensualidades (se detrae el mes de vacaciones) y 1.500 euros al año. Cuatro compañías dominan la gestión de beneficios sociales empresariales. Son las francesas Edenred (Ticket Restaurant), Chèque Dèjéuner (Cheque Gourmet) y Sodexo (Restaurante Pass), a los que se suma Grupo Copel (Buen Menú), de capital español. Las empresas que decidan sacar partido de la ventaja que ofrece Hacienda deberán entregar periódicamente a sus trabajadores los propios títulos de transporte (bonobús, abonos mensuales, tarjetas...) o recargarles una tarjeta electrónica de prepago con la que puedan adquirir dichos títulos en establecimientos autorizados (estaciones de metro, estancos, quioscos, etcétera). En todo caso, tanto las tarjetas como los billetes de viaje son de carácter personal e intransmisible. Además, ni la compañía ni el beneficiario podrán obtener reembolso alguno por su importe. Por último, cada empresa deberá llevar una relación de los documentos entregados. El límite establecido por el Ministerio de Economía y Hacienda para la ayuda es, a juicio de todos los expertos consultados, "generoso". El precio de un abono mensual estándar del Consorcio de Transportes de Madrid (CTM) oscilará en 2011 entre los 47,60 euros para la corona metropolitana (Zona A) y 114,80 euros si se desea alcanzar Toledo (Zona E2). En Cataluña, el abono de Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) va desde 49,30 euros (Zona 1) a 140 euros (Zona 6) y permite viajar hasta Manresa o Vic. La redacción del texto señala que el real decreto debería entrar en vigor el próximo 1 de enero. Fuentes oficiales del Palacio de la Moncloa no pudieron aclarar al cierre de esta edición si finalmente esta norma será analizada por el Consejo de Ministros que se celebra hoy y que es, a la sazón, el último del año. Un plus apreciadoUn estudio de Ipsos para Edenred indica que la ayuda al transporte es el segundo beneficio laboral más valorado, solo por detrás del seguro médico. 3,7 millones de personas usan el transporte público para llegar a su trabajo a diario, la mayor parte en grandes ciudades. Son el 18,6% de la población activa.

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