La UE obliga a una indemnización completa de las cláusulas suelo abusivas

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón a los clientes afectados por cláusulas suelo que sean abusivas en sus préstamos hipotecarios. Las entidades tendrán que devolver todo lo que los clientes han abonado de más durante la vida del préstamo y no solo a partir del 9 de mayo de 2013, como fijó el Tribunal Supremo. Fuentes del Ministerio de Economía señalan que la sentencia afecta a 1,5 millones de hipotecados.

“La jurisprudencia española que limita en el tiempo los efectos de la declaración de nulidad de las cláusulas suelo contenidas en los contratos de préstamo hipotecario en España es incompatible con el Derecho de la Unión. Tal limitación da lugar a una protección de los consumidores incompleta e insuficiente, por lo que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas”, asegura el TJUE en un comunicado.

“La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”, precisa la institución.

Las cláusulas suelo se incluyeron en la mayoría de contratos de préstamo hipotecario variable para poner un tipo de interés mínimo que el cliente debería abonar, independientemente de lo que bajase el euribor. El Tribunal Supremo español declaró abusivas la mayoría de estas cláusulas pero limitó la compensación: la cláusula suelo dejaría de aplicarse a partir del 9 de mayo de 2013, pero no se restituiría lo pagado de más anteriormente. Entre los argumentos esgrimidos por el Supremo estaba la delicada situación macroeconómica de España, que hacía apenas diez meses había solicitado una línea de crédito de 100.000 millones para sanear su sistema financiero.

El TJUE se tenía que pronunciar sobre si esa limitación de la compensación vulnera o no la normativa europea de protección al consumidor, después de que el Tribunal Supremo le remitiera una cuestión prejudicial sobre este asunto.

Este tipo de preguntas de los tribunales nacionales a los europeos para que estos aclaren la legislación comunitaria son muy habituales. Y la respuesta es totalmente vinculante. Después de la sentencia de ayer, el Tribunal Supremo estará obligado a aplicar el criterio del TJUE y no podrá limitar las indemnizaciones a los clientes en el caso de que se demuestre que las cláusulas suelo fueron abusivas.

Según el criterio utilizado por el Tribunal Supremo en mayo de 2013, no basta que una cláusula suelo esté escrita de forma clara en el contrato hipotecario para que no sea considerada abusiva. A esa condición, el alto tribunal español añade la obligación de los bancos de aclarar a los clientes el significado de esa cláusula y el impacto que podría tener durante toda la vida del préstamo.

La gran mayoría de cláusulas suelo cumplen la primera condición del Supremo, pero sobre la segunda hay más dudas. Entidades como Banco Sabadell, por ejemplo, han hecho bandera de este asunto y defienden que sus cláusulas suelo se aplicaron de forma transparente.

No hay cifras agregadas oficiales sobre el impacto de la sentencia, pero fuentes del Banco de España citadas por la agencia Efe situán el impacto en el sector ligeramente por encima de los 4.000 millones de euros. Durante la vista oral, los abogados de las entidades financieras esgrimieron un informe de la institución que cifraba ese impacto en entre 5.000 y 7.500 millones de euros. El Banco de España nunca llegó a publicar ese informe.

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