La banca avisará a los clientes para que reclamen por las cláusulas suelo

El Gobierno y el PSOE cerraron ayer por la mañana un acuerdo sobre el diseño del mecanismo que dará solución a los afectados por las cláusulas suelo, como adelantó ayer Expansión.com. El Real Decreto-ley se aprobará mañana, viernes, en Consejo de Ministros. Ciudadanos dará su respaldo al texto y el PSOE se abstendrá cuando pase por la Cámara Baja.

Los bancos tendrán tres meses para ofrecer una solución negociada a los clientes afectados por cláusulas abusivas. Es decir, aquellos que firmaron el préstamo sin ser conscientes de la existencia de esa disposición. En caso de que no lleguen a acuerdo, el cliente puede acudir a los tribunales.

Novedades

Los principales cambios respecto al borrador que se manejaba hace una semana son los siguientes:

1. El decreto obliga a todos los bancos a comunicarse con los afectados de manera individualizada para informales de que han puesto en marcha un cauce extrajudicial para ofrecer soluciones negociadas caso a caso. Sentarse o no con la entidad es una decisión personal de cada cliente, que siempre tendrá abierta la vía judicial. La entidad sí está obligada a atender a todo aquel que acuda a una sucursal, pero no a llegar a un pacto si considera que la cláusula aparecía claramente en el contrato.

2. Tienen derecho a solicitar la devolución de los intereses cobrados de más todos los titulares de hipotecas con cláusulas suelo, estén en vigor o hayan sido amortizadas.

3. El banco debe presentar al cliente un cálculo del dinero al que tiene derecho. Esa cifra, según el Real Decreto, tendrá que incluir de manera desglosada y clara los intereses generados. El texto no concreta qué tipo de interés debe establecerse (el legal, el de la propia hipoteca o cualquier otro), dejándolo abierto a la negociación entre las partes.

4. El cliente dispondrá de un plazo de quince días para analizar la oferta económica que le hace la entidad.

5. Se primará la devolución del dinero en efectivo. Se contempla la posibilidad de ofrecer como alternativa otras opciones equivalentes, como la amortización parcial de la deuda hipotecaria que queda por saldar, la rebaja del diferencial, etcétera. El texto consensuado especifica que esta compensación alternativa tendrá que ser aceptada expresamente y por escrito por el cliente en un documento separado que recoja “las debidas garantías de transparencia e información”.

6. El texto mantiene la gratuidad para ambas partes del procedimiento extrajudicial. Si se va a juicio y el juez fija como cantidad a devolver al hipotecado una cifra inferior a la que el banco le ofreció, las costas las pagará el cliente, no el banco. Si, por el contrario, el juez eleva la cifra final por encima de la ofrecida por la entidad, el banco sí podría tener que correr con las costas del procedimiento, que podrían llegar a suponer en el peor de los supuestos una cantidad cercana a la de la indemnización, según fuentes de la negociación. Estas fuentes señalan que el factor de gratuidad y la solución buscada para limitar las posibles costas a cargo de los bancos pueden incentivar la búsqueda de una salida negociada al conflicto.

7.Otra importante novedad es que el Real Decreto contempla la creación de una comisión de seguimiento, control y evaluación del proceso. Este órgano podrá proponer las medidas que a su juicio sean necesarias para la correcta aplicación del mecanismo extrajudicial. Sus sillones estarán ocupados por representantes de los Ministerios de Economía, Justicia, Hacienda, Sanidad, Consejo General de la Abogacía, Banco de España y de la OCU. Paradójicamente, el Real Decreto señala que esta comisión deberá elaborar un informe semestral, cuando se supone que la solución extrajudicial debe estar finalizada en tres meses.

8.La fiscalidad acordada en el borrador anterior se mantiene. La devolución de las cantidades no implica incremento de renta para los hipotecados y, por tanto, está exenta del IRPF, salvo la parte correspondiente a los intereses. No obstante, deberán presentar declaraciones complementarias de la renta (exentas de penalización) aquellas personas que utilizaron ese dinero que les cobraron de más como parte de la deducción por adquisición de vivienda habitual.

Desde el foro de Davos, el ministro Luis de Guindos señaló ayer que esta solución extrajudicial es un “complemento” a la vía juidicial, a la que cualquier afectado podrá acudir en última instancia.

Las organizaciones de consumidores consideran que sus intereses no quedan protegidos suficientemente. Según Adicae, el texto deja “muchos flancos abiertos a los intereses de la banca”. Fuentes de la OCU apuntaron ayer que existe “falta de transparencia y control sobre las ofertas que realice la banca, que actuará como juez y parte”.

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