El Gobierno aprueba por la puerta de atrás sus medidas fiscales estrella

Durante el mes de diciembre, el Gobierno ha aprobado tres normas que modifican de forma sustancial la fiscalidad de las empresas. Este furor legislativo ha provocado un sinfín de dudas entre los fiscalistas y que sólo un número muy reducido de personas conozca a día de hoy cómo queda el Impuesto sobre Sociedades y el que grava las Operaciones Socitarias. Finalmente, serán válidos los cambios incluidos en el último paquete anticrisis del Ejecutivo, el del pasado 3 de diciembre, aunque para ello haya sido necesario modificar los propios Presupuestos Generales del Estado un día después de su publicación en el BOE (el 23 de diciembre) y de forma camuflada en el nuevo Decreto de regulación del sector eléctrico. Expertos consultados por este diario criticaron ayer la escasa seguridad jurídica que da una tramitación tan atribulada como la que se ha producido en un asunto de tanta importancia. Todo empezó cuando el pasado 3 de diciembre el Ejecutivo aprobó un paquete de alivio fiscal a las empresas para tranquilizar a los mercados. Lo hizo a toda prisa para hacerlo coincidir con el nuevo marco de los controladores aéreos. En virtud de este Decreto, están exentas de tributar por Operaciones Societarias todas las empresas, y las pymes con un volumen de negocio de hasta 10 millones de euros se beneficiarán de un tipo reducido del Impuesto sobe Sociedades más ventajoso. Sin embargo, el Gobierno no previó que el Senado iba a vetar otra vez los Presupuestos e impediría que se introdujeran cambios. De esta forma, la Cámara Baja confirmó el texto pactado en septiembre, que colisionaba -y de facto anulaba- las medidas del 3 de diciembre, tan aplaudidas desde el empresariado. Y lo que pocos saben es que el Gobierno se vio obligado a derogar parte de la Ley de Presupuestos al día siguiente de publicarla en el BOE. Trató así de evitar que las autonomías reclamaran la jugosa recaudación que les suponen las Operaciones Societarias. Al final, tras maquillar el Decreto de las Eléctricas con normas que poco tienen que ver con el kilowatio, la exención a estas Operaciones sigue en vigor para todas las empresas, que no tributarán al 1% si constituyen sociedades o aumentan capital. La inclusión de estos remiendos fiscales ha pasado desapercibida por la falta de publicidad que le han dado los pocos miembros de la Administración que la conocen y por su redacción: el arreglo de las Operaciones Societarias no se menciona explícitamente, sólo se anula la Disposición de los Presupuestos. Un impuesto residual que Europa eliminaSólo Polonia y Luxemburgo mantienen la presión fiscal a las Operaciones Societarias, que lastra la inversión y creación de sociedades y que la UE recomienda eliminar. Francisco de la Torre, portavoz de la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), celebra que el Gobierno haya arreglado el desajuste, pero lamenta que algunas fuentes se hayan escudado en el Derecho comunitario para sugerir a las empresas que la propia Ley de Presupuestos no era válida. Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), critica que el Gobierno no publicite que ha arreglado el entuerto legislativo. Los entresijos legislativos del Ejecutivo¿Qué medidas fiscales dicta el Real Decreto-Ley de los "controladores"? Las pymes se benefician de que el primer tramo del Impuesto sobre Sociedades que tributa al tipo reducido se incrementa de 120.000 euros a 300.000 euros. Y este alivio se aplica a las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios sea inferior a 10 millones de euros. El límite se amplió así de 8 a 10 millones. Y se extienden las exenciones en Operaciones Societarias (OS) a todo tipo de empresas. Se exime así de tributar al 1% a todas las compañías en las siguientes operaciones: la constitución de sociedades, el aumento de capital, las aportaciones que efectúen los socios que no supongan aumento de capital y el traslado a España de la sede de dirección efectiva o del domicilio social de una sociedad cuando ni una ni otro estuviesen situadas antes en un Estado miembro. ¿A quién benefician? El propio José Luis Rodríguez Zapatero las anunció dos veces en el Congreso, y la ministra de Economía, Elena Salgado, las desglosó tras el Consejo de Ministros del 3 de diciembre. Aseguró que unas 40.000 empresas se beneficiarían de un alivio fiscal de 240 millones de euros (en lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades para pymes). Cada una de las compañías disfrutaría de una rebaja máxima de 9.000 euros, una cifra demasiado optimista si se tiene en cuenta que la mayoría de las pymes no tendrá beneficios de entre 120.000 y 300.000 euros. En cambio, para las compañías que pasen a ser consideradas de tamaño reducido será como máximo de 15.000 euros. La exención a las Operaciones Societarias, que se aplica ahora a todas las empresas, la celebran mucho las grandes, ya que supone un gran ahorro en las operaciones voluminosas. ¿En qué se contradecían con los Presupuestos? En lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades, la Ley de Presupuestos, publicada en el BOE del 23 de diciembre, aplica los beneficios a las empresas que alcancen una cifra de negocios de 8 millones de euros. Las exenciones en Operaciones Societarias modifican el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 1/1993. Sólo las pymes estaban liberadas, por lo tanto, de tributar al 1% en las operaciones antes enumeradas. ¿Qué deroga el Decreto del déficit tarifario?Publicado en el BOE del 24 de diciembre, retoma el Decreto de los controladores, y deroga las partes conflictivas de la Ley de Presupuestos, a la espera de que el Congreso lo ratifique. La Disposición derogatoria única anula lo que dice la Ley de las Cuentas para las Operaciones Societarias (en la Disposición transitoria séptima) desde 1 de enero de 2011, pero no lo menciona explícitamente. Pero explica con claridad que los beneficios para pymes se aplican para las compañías con cifras de negocio de hasta 10 millones de euros.

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