Ordainketa atzerapenak

Bizkaia

Deudas sobre los que se dispensa garantía Interés de demora
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa Fecha Efectos Tipo desde 01/01/20111
No superior a 10.000 € IVA, IS y retenciones 28/02/20091 5,00%
No superior a 100.000 € 12 meses Solvencia del deudor; inexistencia de deudas con la Administración IVA e IS. No retenciones
No superior a 250.000 € 6 meses IVA e IS. No retenciones

1 Con efectos desde el 28 de febrero de 2009 y mediante Decreto Foral de Bizkaia 20/2009 de 17 de febrero, se modificó el artículo 29 del DFB 215/2005, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico de Bizkaia, ampliando el importe exonerado de garantía en los aplazamientos de deudas y en la suspensión de actos impugnados de 7.500 € a 10.000 €.

No superior a 150.000 € 12 meses Solvencia del deudor; inexistencia de deudas con la Administración IVA, IS y retenciones de trabajo 04/11/20092 5,00%

2 Con carácter transitorio, hasta el 31 de diciembre de 2010, el Decreto Foral 143/2009 estableció la dispensa de aportar garantía para las deudas con un importe no superior a 150.000 euros. Con posterioridad, los Decretos Forales 2/2011 y 176/2011 han prorrogado dicho plazo hasta el 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2012, respectivamente.

Gipuzkoa

Deudas sobre los que se dispensa garantía Interés de demora
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa Fecha Efectos Tipo desde 01/01/20111
No superior a 3.000 € Mensual 1 año IVA, IS y retenciones 5,00%
No superior a 12.000 €
No superior a 150.000 € 2 años Ingreso mínimo del 20% al fraccionar
Superior a 150.000 € Ingreso mínimo de 30.000 € de manera que la deuda restante aplazada no supere los 150.000 €

1 Con efectos de 23/3/2009, se modificaron los art. 26.6 y 64, de la NFGT de Gipuzkoa, estableciéndose que en los supuestos de aplazamiento, fraccionamiento o suspensión de deudas garantizadas en su totalidad mediante aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o mediante certificado de seguro de caución, el interés de demora exigible será el interés legal (4% desde el 1 de enero de 2011).

Alava

Deudas sobre los que se dispensa garantía Interés de demora
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa Fecha Efectos Tipo desde 01/01/2010 1
No superior a 10.000 € Aportación de información de cuentas bancarias y autorización para que la Diputación Foral de Álava pueda conocer los saldos y movimientos de cuentas bancarias IVA, IS y retenciones 5,00%

1En virtud de lo dispuesto en el artículo 26 de la Norma Foral 6/2005, de 28 de febrero, General Tributaria de Álava en los supuestos de aplazamiento, fraccionamiento o suspensión de deudas garantizadas en su totalidad mediante aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o mediante certificado de seguro de caución, el interés de demora exigible será el interés legal (4% desde el 1 de enero de 2011).

Navarra

Deudas sobre los que se dispensa garantía Interés de demora
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa Tipo desde 01/04/20092 Fecha Efectos
No superior a 6.000 €1 Mensual 3 años Plazo entre a 1 y 2 años exige el previo ingreso del 20% de la deuda; entre 2 y 3 años el 30% IVA e IS. 5,00% 2012
No superior a 210.000 €1 3 años Plazo entre a 1 y 2 años exige el previo ingreso del 20% de la deuda; entre 2 y 3 años el 30% IVA, IS. 5,00% 2012
No superior a 6.000 €1 1 año Retenciones y Pagos a cuenta 5,00% 2012

1 Se trata de medidas transitorias, solamente aplicables a las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de la deuda tributaria durante el ejercicio 2012..

Territorio Común

Deudas sobre los que se dispensa garantía Interés de demora
Cuantía Vencimiento Pagos Plazo Máx Fraccionamiento Requisitos Adicionales Impuestos sobre los que se aplica la dispensa Tipo desde 01/04/2011 Fecha Efectos
No superior a 18.000 €1 IVA e IS y retenciones 5,00%

1 Desde el 1 de mayo de 2009. Con anterioridad, se establecía en 6.000 €

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